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PC 808

Para prohibir el uso de dispositivos electrónicos personales por parte de los estudiantes en las instituciones educativas públicas de Puerto Rico hasta octavo grado; establecer las excepciones a dicha prohibición; y para oh·os fines relacionados

2025-2028 Session

Prohíbe el uso de dispositivos electrónicos personales por estudiantes de escuelas públicas hasta 8.º grado, con excepciones y normas de cumplimiento para escuelas y DOE.

Ley 185-2025
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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PC 808

Resumen del Proyecto de Ley PC 808

Título: Para prohibir el uso de dispositivos electrónicos personales por parte de los estudiantes en las instituciones educativas públicas de Puerto Rico hasta octavo grado; establecer las excepciones a dicha prohibición; y para otros fines relacionados
Número: PC 808
Fecha de radicación: 21 de agosto de 2025
Estatus: Firmado por el Presidente del Senado (enviado para enrolar)

Propósito e intención principal

El proyecto procura prohibir el uso de dispositivos electrónicos personales (por ejemplo: teléfonos móviles, tablets, relojes inteligentes y otros dispositivos portátiles conexos) por parte de los estudiantes matriculados en instituciones educativas públicas de Puerto Rico hasta octavo grado. La intención declarada es limitar distracciones en el aula, proteger la seguridad y privacidad de menores y favorecer ambientes escolares más concentrados en la enseñanza presencial. El texto también prevé establecer excepciones específicas a la prohibición.

Provisiones clave (según información disponible)

  • Prohibición general del uso de dispositivos electrónicos personales por estudiantes en instituciones públicas hasta 8.º grado.
  • Inclusión de excepciones expresas (el título indica que se “establecen las excepciones”, aunque el sumario no incluye el detalle de las mismas).
  • Autoridad para las escuelas o el Departamento de Educación de Puerto Rico para adoptar normas de cumplimiento y medidas disciplinarias ante incumplimiento (detalles no proporcionados en el sumario).
  • Disposición para otros “fines relacionados”, lo que normalmente abarcaría implementación, obligaciones administrativas y posibles salvaguardias.

Nota: El texto completo del proyecto debe consultarse para conocer definiciones exactas (qué se entiende por “dispositivo electrónico personal”), el alcance temporal (horarios/durante actividades extracurriculares), y el contenido preciso de las excepciones y sanciones.

Quiénes se verían afectados

  • Estudiantes de escuelas públicas desde kindergarten hasta octavo grado.
  • Padres y tutores (normas sobre posesión y entrega/retención de dispositivos).
  • Personal docente y administradores escolares (encargados de supervisar y aplicar la regla).
  • Departamento de Educación y juntas escolares (responsables de crear normas de implementación).
  • Posible impacto en proveedores de servicios educativos y programas que usan tecnología en el aula.

Impacto potencial y consideraciones

  • Puede reducir distracciones en el aula y riesgos de divulgación de imágenes/privacidad.
  • Podría generar cargas administrativas para la aplicación (confiscaciones, comunicaciones a padres).
  • Riesgos de inequidad si la política afecta el acceso a recursos digitales o a estudiantes que dependen de dispositivos por razones médicas o educativas.
  • Importancia de las excepciones: dispositivos para condiciones médicas, emergencias, o uso autorizado por docentes deben quedar claramente definidos para evitar efectos adversos.

Cronología y estado legislativo relevante

  • Radicado: 21-08-2025
  • Cámara de Representantes: Aprobado en votación final el 16-10-2025; remitido al Senado.
  • Senado: Primera lectura 20-10-2025; informes y enmiendas presentados en noviembre; aprobado en votación final por el Senado el 13-11-2025.
  • 18–20 de noviembre de 2025: Cuerpo de origen concurre con enmiendas, se dispone que sea enrolado; firmado por el Presidente de la Cámara y el Presidente del Senado (registro indica “Firmado por el Presidente del Senado” el 20-11-2025).

Próximo paso habitual: una vez enrolado, el proyecto se envía al Gobernador para su firma o veto y para determinar la fecha de vigencia. Ver el texto final para fechas específicas de entrada en vigor y detalles de implementación.

Para un análisis detallado de cumplimiento, fiscalización y texto legal exacto (definiciones, redacción de excepciones y sanciones), es necesario consultar el texto íntegro del proyecto PC 808 aprobado/enrolado.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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