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RCC 66

Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como "Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal", evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y el reglamento, la transferencia o traspaso de título de la antigua Escuela Superior Carlos Escobar López, localizada en la Calle A Final de la Urbanización Santiago, en Loíza, Puerto Rico, al Municipio de Loíza, a los fines de desarrollar proyectos de impacto social y brindar servicios públicos que redunden en el desarrollo y bienestar de las comunidades circundantes; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Ordena evaluar la posible transferencia de título de la antigua Escuela Carlos Escobar López al Municipio de Loíza para proyectos sociales y servicios públicos; no es automática.

Res. Conj. 36-2025
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Bill Summary · RCC 66

Resumen de la medida: Res. Conj. 36-2025 (RCC 66)

Propósito principal

La resolución ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por la Ley 26-2017 (Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal), que evalúe, conforme a las disposiciones de dicha ley y su reglamento, la transferencia o traspaso de título de la antigua Escuela Superior Carlos Escobar López (ubicada en la Calle A Final de la Urbanización Santiago, Loíza) al Municipio de Loíza. El objetivo declarado es facilitar el desarrollo de proyectos de impacto social y la prestación de servicios públicos que redunden en el desarrollo y bienestar de las comunidades circundantes.

Disposiciones clave

  • Orden de evaluación: solicita al Comité examinar la viabilidad legal, técnica y administrativa del traspaso de título de la propiedad al Municipio de Loíza.
  • Marco normativo: la evaluación debe ceñirse a los procedimientos y requisitos establecidos en la Ley 26-2017 y su reglamento aplicable.
  • Finalidad del traspaso: promover proyectos de impacto social y servicios públicos en beneficio de la comunidad local.
  • No realiza la transferencia automática: la resolución instruye la evaluación; cualquier transferencia definitiva estaría sujeta a los resultados del Comité y al cumplimiento de la normativa vigente.

Quiénes se verían afectados

  • Municipio de Loíza: potencial receptor del inmueble para uso municipal y proyectos comunitarios.
  • Comunidades circundantes: beneficiarias previstas de servicios públicos y proyectos sociales.
  • Gobierno central y agencias relacionadas con disposición de bienes inmuebles: responsables de ejecutar el proceso conforme a la ley.
  • Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles: entidad encargada de realizar la evaluación ordenada.

Estado legislativo y cronología relevante

  • Radicado: 24 feb 2025
  • Aprobada por Cámara (votación final): 12 may 2025 (con enmiendas)
  • Aprobada por Senado (votación final): 29 sep 2025 (con enmiendas)
  • Firmada por Presidente de la Cámara: 9 oct 2025
  • Firmada por Presidente del Senado: 14 oct 2025
  • Enviada a la Gobernadora: 21 oct 2025
  • Registrada como Res. Conj. 36-2025: 29 oct 2025

Impacto esperado y observaciones

  • Si el Comité determina procedente el traspaso y se cumplen los requisitos legales, el Municipio de Loíza podría disponer del inmueble para programas sociales, culturales o de servicios públicos que beneficien la comunidad local.
  • La resolución no implica transferencia automática; depende de la evaluación técnica/legal del Comité y de cumplir la Ley 26-2017 y su reglamento.
  • Posibles consideraciones: requisitos de titularidad, cargas o gravámenes sobre la propiedad, valoración, y coordinación intergubernamental para la ejecución de proyectos.

Esta resolución funciona principalmente como instrucción para iniciar el proceso de evaluación administrativa que podría culminar en la transferencia del bien inmueble al municipio, sujeto a los dictámenes y procedimientos legales correspondientes.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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