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RS 87

Para ordenar a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación sobre la situación de falta de alumbrado público en carreteras, calles, autopistas y aceras de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Ordena a la Comisión del Senado investigar la falta de alumbrado público en Puerto Rico y proponer medidas para remediar, modernizar y mantener la iluminación, mejorando seguridad.

Cuerpo recibe 1er informe parcial rendido
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Bill Summary · RS 87

Resumen de la Resolución RS 87

Título corto: Resolución para ordenar a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado la investigación sobre la falta de alumbrado público en Puerto Rico.

Propósito e intención

La resolución ordena a la Comisión del Senado encargada de transportación y servicios públicos realizar una investigación sobre la situación de falta de alumbrado público en carreteras, calles, autopistas y aceras en Puerto Rico. Busca identificar causas, evaluar impactos (seguridad vial y pública, calidad de vida, comercio) y generar recomendaciones para remediar el problema.

Disposiciones clave

  • Autoriza y encarga formalmente a la Comisión del Senado competente a conducir una investigación formal sobre el estado del alumbrado público en todo el territorio.
  • Solicita la recopilación de información técnica, financiera y operativa de las agencias y entidades involucradas (p. ej., Departamento de Transportación y Obras Públicas, municipalidades, Autoridad de Energía u otras entidades públicas y privadas que administren alumbrado).
  • Requiere la presentación de informes: al menos un informe parcial (ya rendido) y posteriores informes o recomendaciones que la Comisión determine pertinentes.
  • La resolución puede incluir, implícita o explícitamente, la facultad de citar funcionarios, solicitar documentación y convocar vistas públicas/hearings para recabar evidencia y testimonios.

Quiénes se verían afectados

  • Ciudadanos: peatones, conductores y residentes en áreas sin alumbrado.
  • Municipios y agencias estatales responsables de infraestructura y servicios públicos.
  • Proveedores de energía y contratistas de alumbrado público.
  • Comercios y zonas urbanas donde la iluminación influye en actividad económica y seguridad.

Estado procedimental y cronograma relevante

  • Radicada: 10 de marzo de 2025 (apareció en Primera Lectura y fue referida a Comisión).
  • Informe de Comisión (1er informe parcial) rendido: 22 de agosto de 2025 (entirillado y remitido a la Comisión de Reglas y Calendario).
  • Aprobación en Senado: 3 de septiembre de 2025 (aprobado con enmiendas y en votación final; referido a comisiones según corresponda).
  • Primer informe parcial remitido: 14 de octubre de 2025; el cuerpo recibió el informe el 16 de octubre de 2025.

Impacto esperado y próximos pasos

  • La investigación puede culminar en recomendaciones legislativas, solicitudes de presupuesto, medidas administrativas, o acuerdos interagenciales para reparar, modernizar (p. ej., conversión a LED) y mantener el alumbrado público.
  • Resultados previsibles: propuestas para asignación de fondos, definición de responsabilidades entre agencias y municipios, priorización de áreas críticas por seguridad o tráfico.
  • Como resolución de investigación, no crea obligaciones legales inmediatas, pero puede impulsar legislación futura y acciones ejecutivas basadas en sus hallazgos.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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