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RKC 7

Para ordenar a la Comisión Conjunta de Programa de Internado Legislativo Jorge Alberto Ramos Comas creado en virtud de la Ley Núm. 184 de 3 de septiembre de 1996, según enmendada evaluar e identificar los fondos necesarios para aumentar el estipendio mensual de los participantes; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Evalúa y recomienda fuentes de financiamiento y monto necesario para potencial incremento del estipendio mensual de los internos del Programa de Internado Legislativo Jorge Alberto

Devuelto a la Comisión(es): °
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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · RKC 7

Resumen del Proyecto RKC 7

Propósito principal

El Proyecto RKC 7 es una resolución que ordena a la Comisión Conjunta del Programa de Internado Legislativo “Jorge Alberto Ramos Comas” (creada por la Ley Núm. 184 del 3 de septiembre de 1996, según enmendada) evaluar e identificar los fondos necesarios para aumentar el estipendio mensual de los participantes del programa. Incluye además una cláusula general de “y para otros fines relacionados”, lo que le permite ampliar el alcance de la evaluación a aspectos conexos.

Disposiciones clave

  • Solicita a la Comisión Conjunta:
    • Evaluar el monto actual del estipendio mensual otorgado a los internos.
    • Determinar el monto adicional necesario para un incremento razonable del estipendio.
    • Identificar las fuentes de financiamiento posibles (presupuesto legislativo, reasignaciones, partidas especiales, etc.).
    • Analizar el impacto presupuestario y operativo del aumento propuesto.
    • Formular recomendaciones concretas para implementación.
  • No se establece en el texto un monto específico ni una fecha límite pública para la entrega del informe en la versión disponible.
  • Al ser una resolución, su mandato principal es de carácter evaluativo/recomendatorio; no autoriza por sí misma asignaciones presupuestarias.

Quiénes se verían afectados

  • Participantes del Programa de Internado Legislativo Jorge Alberto Ramos Comas (beneficiarios directos de un posible aumento de estipendio).
  • La Comisión Conjunta del Programa (responsable de realizar la evaluación).
  • Oficinas administrativas y presupuestarias de la Asamblea Legislativa (responsables de identificar fuentes y analizar el impacto fiscal).
  • Potencialmente la estructura presupuestaria del Poder Legislativo y el erario si se procede a aprobar aumentos.

Impacto potencial

  • Beneficios: mayor accesibilidad del programa a jóvenes con limitaciones económicas, mejora en retención y calidad del servicio de internos.
  • Costos: incremento en obligaciones presupuestarias del cuerpo legislativo; requerimiento de reasignación de fondos o nuevas partidas.
  • Procedimental: la resolución puede generar un informe que sirva de base para proyectos posteriores que propongan transferencias o asignaciones concretas.

Cronología y estado legislativo

  • Radicado: 4 de febrero de 2025
  • Apareció en Primera Lectura de la Cámara: 6 de febrero de 2025
  • Referido a Comisión(es): 6 de febrero de 2025
  • Primero Informe de Comisión rendido (con enmiendas): 21 de abril de 2025; el informe fue entirillado y remitido a la Comisión de Calendarios de la Cámara ese mismo día.
  • El 17 de noviembre de 2025 se retiró el primer informe y el proyecto fue devuelto a la(s) comisión(es).

Nota: La resolución ordena una evaluación y no dispone directamente de fondos; cualquier aumento efectivo del estipendio requeriría posteriores acciones presupuestarias y/o legislación adicional.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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