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RCC 193

Para ordenar a la Autoridad de Energía Eléctrica (“AEE”) y/o el operador de la red eléctrica LUMA Energy, LLC. (“LUMA”) cesar el cobro de todo cargo por concepto de Estudio Suplementario y por mejoras a la red que hubiese sido requerido para sistemas de hasta 25 kilovatios por el Reglamento Número 8915, Reglamento para Interconectar Generadores con el Sistema de Distribución Eléctrica de la Autoridad de Energía Eléctrica y Participar en los Programas de Medición Neta del 6 de febrero de 2017, incluyendo pero sin limitarse a los cargos dispuestos en la Sección V, Artículo B de dicho Reglamento 8915; y ordenar al Negociado de Energía de Puerto Rico a adoptar un nuevo reglamento de interconexión consistente con la Ley 17 de 2019, Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico y con esta Resolución dentro de un término de tiempo específico.

2025-2028 Session

Prohíbe cargos por Estudio Suplementario y mejoras de red para interconexiones ≤25 kW y ordena actualizar reglamento de interconexión para alinearlo con la política energética.

Res. Conj. 5-2026
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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · RCC 193

Resumen del Proyecto RCC 193

Resumen ejecutivo

RCC 193 ordena a la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y/o al operador de la red LUMA Energy, LLC (LUMA) suspender el cobro de todos los cargos por concepto de “Estudio Suplementario” y por mejoras a la red que hubiesen sido exigidos para sistemas de hasta 25 kilovatios (kW) conforme al Reglamento Núm. 8915 (Reglamento para Interconectar Generadores con el Sistema de Distribución Eléctrica y Participar en Programas de Medición Neta, 6 de febrero de 2017). Asimismo, ordena al Negociado de Energía de Puerto Rico adoptar un nuevo reglamento de interconexión compatible con la Ley 17 de 2019 (Política Pública Energética) y con esta medida en un término de tiempo específico.

Propósito principal

Eliminar cargos específicos que aumentan el costo de interconectar generadores distribuidos de pequeña escala (≤25 kW) y forzar la actualización del marco regulatorio de interconexión para alinearlo con la política energética vigente.

Disposiciones clave

  • Prohibición del cobro de:
    • Todo cargo por concepto de Estudio Suplementario requerido para interconexiones hasta 25 kW.
    • Todo cargo por mejoras a la red exigidas bajo el Reglamento 8915 para estos sistemas — incluyendo, pero no limitado a, los cargos establecidos en la Sección V, Artículo B del Reglamento 8915.
  • Obligación al Negociado de Energía:
    • Elaborar y promulgar un nuevo reglamento de interconexión consistente con la Ley 17-2019 y con lo dispuesto en este proyecto, dentro de un plazo específico establecido en el texto (el plazo concreto no se especifica en la información suministrada).
  • Alcance normativo: aplica a las normas vigentes del Reglamento 8915 (6 de febrero de 2017).

Quiénes se afectan

  • Beneficiarios directos: consumidores residenciales y comerciales que instalen generadores distribuidos o sistemas de medición neta de hasta 25 kW (por ejemplo, paneles solares domésticos).
  • Afectados operativos y financieros: AEE y LUMA (reducción de ingresos por esos cargos), instaladores/contratistas de energía renovable, y el Negociado de Energía (responsable de reformar el reglamento).
  • Impacto fiscal/operacional: potencial reducción de costos iniciales para clientes y posible reubicación de costos de mejoras de red; el proyecto no especifica compensaciones ni montos.

Cronología y estatus legislativo

  • Radicado / Primera lectura Cámara: 04-sep-2025
  • Cámara aprobó sin enmiendas y envió texto al Senado: 04-sep-2025
  • Senado: primera lectura 08-sep-2025; aprobado con enmiendas en sala y en comisión; aprobado por el Senado en votación final: 13-nov-2025
  • Conferencia: Comisión de Conferencia solicitada y accesada; informe de conferencia rendido y aprobado por ambas cámaras: 18-nov-2025
  • Estatus actual indicado: "Se dispone que sea enrolado" (18-nov-2025) — aprobado por ambas cámaras y enviado al siguiente paso del proceso (inscripción/enrolamiento). Clasificación: resolución.

Observaciones

  • No se indican en el texto provisto montos monetarios, criterios técnicos para la evaluación de la necesidad de mejoras, ni el plazo exacto que debe concederse al Negociado de Energía para adoptar el nuevo reglamento (el proyecto menciona "término de tiempo específico" sin detallar en la síntesis).
  • La medida busca facilitar la adopción de generación distribuida pequeña y alinear la regulación de interconexión con la política energética, pero puede implicar discusiones sobre cómo financiar y priorizar mejoras de la red.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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