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PS 1191

Para la “Ley de Licencia de Paternidad por Adopción para Empleados del Sector Privado” con el propósito de reconocer el derecho de los padres adoptantes que laboren en el sector privado en Puerto Rico a disfrutar de una licencia de paternidad por adopción con paga; establecer la correspondiente protección en el empleo; disponer para su aplicación; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Establece una licencia de paternidad por adopción pagada para empleados del sector privado en Puerto Rico, con protección de empleo y reintegración al retornar.

Referido a Comisión(es)
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Bill Summary · PS 1191

Resumen informativo de PS 1191 (Sesión 2025-2028, Puerto Rico)

Propósito principal

Establecer una ley que otorgue a los empleados del sector privado en Puerto Rico un derecho a una licencia de paternidad por adopción con paga, equivalente al reconocimiento jurídico que ya existe para otros sectores y/o casos de maternidad/paternidad. Busca garantizar la protección del empleo y facilitar la integración del menor adoptado al hogar, asegurando condiciones laborales y de reinserción tras la licencia.

Provisión clave

  • Objeto de la ley: Crear la "Ley de Licencia de Paternidad por Adopción para Empleados del Sector Privado".
  • Duración de la licencia por adopción:
    • Si la adopción ocurre junto al cónyuge o a la persona con quien se tiene una relación análoga, el padre adoptante tendrá derecho a 15 días laborables con paga.
    • Si el padre adopta de forma individual a un menor de 5 años o menos, tendrá derecho a 8 semanas calendario con paga.
    • Si el padre adopta de forma individual a un menor de 6 años o más, tendrá derecho a 15 días laborables con paga.
  • Verificación de adopción: El empleador puede exigir evidencia fehaciente de la adopción o colocación legal y de la fecha en que el menor fue recibido en el hogar.
  • Protección del empleo:
    • El empleador debe reservar el empleo del trabajador durante la licencia.
    • A la conclusión de la licencia, el empleado debe reincorporarse en su puesto o en uno equivalente con el mismo salario, beneficios y condiciones de trabajo.
    • Prohibición explícita de despido, suspensión, discriminación o represalias por solicitar o disfrutar los derechos de la licencia.
  • Excepciones:
    • No aplica la licencia a empleados que, al momento de poder disfrutarla, ya estén disfrutando de otra licencia (con o sin paga) o que tengan autorizada licencia de vacaciones o enfermedad.
  • Separabilidad y interpretación:
    • Disposiciones serán interpretadas liberalmente a favor de la protección del menor y la integración familiar.
    • Si alguna parte es declarada inconstitucional o inválida, las demás disposiciones quedan vigentes.
  • Vigencia: Entra en vigor inmediatamente después de su aprobación.

A quiénes afecta

  • Beneficiarios directos: Padres adoptantes que trabajen en el sector privado en Puerto Rico.
  • Protección laboral: Cubre derechos de reproducción del empleo, reinstalación y no discriminación por el uso de la licencia.
  • Contexto adicional: Actualmente, existe reconocimiento de licencias de paternidad por adopción en el sector público; esta ley busca equiparar ese derecho para el sector privado.

Aspectos procesales y temporales

  • Trámite legislativo:
    • Presentación en el Senado el 9 de abril de 2026.
    • Referida a comisiones el 13 de abril de 2026.
    • Primera lectura y avance inicial en abril de 2026.
  • Efecto inmediato: La ley propone entrar en vigor “inmediatamente después de su aprobación”.

Consideraciones de impacto

  • Asegura una convivencia familiar más estable para familias que adoptan, proporcionando tiempo remunerado para atender al menor adoptado.
  • Refuerza la protección del empleo durante la licencia y la reinserción en el puesto.
  • Podría implicar costos laborales para empleadores privados vinculados a la remuneración de los días/semanas de licencia, dependiendo del esquema de pago vigente y prácticas de administración de personal.
  • Complementa el marco de derechos laborales existente al alinear el sector privado con las disposiciones ya reconocidas en el sector público.

Si desea, puedo adaptar este resumen a un formato ejecutivo para distribución institucional o elaborar una comparativa con la normativa de licencias similares en otros estados o jurisdicciones.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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