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PC 677

Para establecer la “Ley de la Red de Puntos Violetas de Puerto Rico”, a fin de establecer una red de espacio físicos seguros y accesibles en entidades públicas y privadas, destinados a ofrecer información, orientación inicial y canalización confidencial hacia servicios especializados para víctimas de violencia de genero; designar a la Oficina de la Procuradora de las Mujeres como la entidad coordinadora de la Red; establecer sus funciones y responsabilidades; definir los requisitos para la certificación de los Puntos Violetas; disponer sobre la capacitación del personal y los protocolos de activación; fomentar la colaboración Inter agencial y multisectorial; autorizar la asignación de fondos; y para otros fines relacionados

2025-2028 Session

Establece la Red de Puntos Violetas para apoyar víctimas de violencia de género con información inicial, derivación confidencial y coordinación centralizada.

Vista Pública: Salón de Audiencias #6
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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PC 677

Resumen comprensivo del Proyecto de Ley PC 677

Visión general

El Proyecto de Ley PC 677 propone establecer la “Ley de la Red de Puntos Violetas de Puerto Rico”, que crea una red de espacios físicos seguros y accesibles ubicados en entidades públicas y privadas. Su objetivo es ofrecer información inicial, orientación confidencial y una canalización eficiente hacia servicios especializados para víctimas de violencia de género. La Oficina de la Procuradora de las Mujeres sería la entidad coordinadora de la red, con funciones definidas, requisitos de certificación para los Puntos Violetas, y medidas de capacitación y activación. También busca fomentar la colaboración interagencial y multisectorial y autorizar fondos para su implementación.

Propósito e intención

  • Proveer una red de Puntos Violetas en lugares públicos y privados para apoyar víctimas de violencia de género.
  • Garantizar información, orientación inicial y conexión confidencial a servicios especializados.
  • Centralizar la coordinación y supervisión en la Oficina de la Procuradora de las Mujeres.
  • Establecer estándares de certificación, capacitación y protocolos operativos.
  • Estimular cooperación entre agencias y sectores para una respuesta integral.
  • Dotar de fondos para la implementación y operación de la red.

Provisiones clave

  • Red de Puntos Violetas: creación de espacios seguros y accesibles en entidades públicas y privadas.
  • Coordinación: designación de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres como la entidad encargada de la coordinación de la red.
  • Funciones y responsabilidades: definición de las funciones de la entidad coordinadora y de los Puntos Violetas.
  • Requisitos de certificación: criterios para acreditar a las entidades como Puntos Violetas, incluyendo estándares de seguridad, confidencialidad y atención inicial.
  • Capacitación y protocolos: obligatoriedad de capacitación del personal y establecimiento de protocolos de activación para derivación a servicios especializados.
  • Colaboración interagencial y multisectorial: mecanismos para trabajar de forma coordinada entre distintas agencias y sectores público-privados.
  • Financiación: autorización para asignar fondos para la implementación, operación y sostenimiento de la red.
  • Otros fines relacionados: posibles disposiciones complementarias necesarias para la operatividad.

Impacto previsto y sujetos afectados

  • Víctimas de violencia de género: acceso a puntos de información y derivación confidencial más rápidos y estandarizados.
  • Entidades públicas y privadas: responsabilidad de mantener Puntos Violetas certificados y operativos.
  • Autoridades y agencias: mayor coordinación y protocolos unificados para la atención inicial y la canalización de servicios.
  • Personal de los puntos: necesidad de capacitación específica para manejo confidencial y derivas adecuadas.

Aspectos procesales y cronología

  • Introducción: 12 de mayo de 2025.
  • Primera lectura: 15 de mayo de 2025 (referido a comisiones).
  • Acción legislativa: aparece en Primera Lectura y fue referido a comisiones el 15 de mayo de 2025.
  • Vista Pública: programada para el Salón de Audiencias #6, con fecha de acción de seguimiento listada como 15 de mayo y posteriormente 15 de octubre de 2025.
  • Estado actual: en fases de revisión/comisiones y con audiencia pública programada; la fecha de aprobación final dependerá del avance legislativo.

Notas finales

Este proyecto busca crear un marco estructurado para una red de apoyo a víctimas, con roles claros, criterios de certificación y presupuesto asignable, complementando la respuesta institucional ante la violencia de género. Manténgase atento a las fechas de audiencia y a las modificaciones en comisiones para entender su progreso y posibles enmiendas.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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