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PC 1242

Para enmendar los incisos (e), (f) y (g) del Artículo 4 (B), y el Artículo 15 de la Ley Núm. 108 de 29 de junio de 1965, según emendada, de la “Ley para Regular las Profesiones de Detectives Privados y Guardias de Seguridad en Puerto Rico” a los fines de establecer para los guardias de seguridad el requisito de readiestramientos y el uso de armas no letales; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Impone readiestramiento periódico para guardias de seguridad y regula el uso de armas no letales, ajustando la Ley 108 para mejorar capacitación y herramientas de seguridad privada

Referido a Comisión(es)
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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PC 1242

Resumen Legislativo: Proyecto de Ley PC 1242 (2025-2028) – Puerto Rico

Formato: Resumen objetivo y accesible, destacando propósito, cambios clave, afectados y plazos/procedimientos.

Datos básicos

  • Título oficial: Para enmendar los incisos (e), (f) y (g) del Artículo 4 (B), y el Artículo 15 de la Ley Núm. 108 de 29 de junio de 1965, conforme enmienda, de la “Ley para Regular las Profesiones de Detectives Privados y Guardias de Seguridad en Puerto Rico” a los fines de establecer para los guardias de seguridad el requisito de readiestramientos y el uso de armas no letales; y para otros fines relacionados.
  • Jurisdicción: Puerto Rico
  • Sesión: 2025-2028
  • Estado de tramitación:
    • 2026-04-30: Radicado
    • 2026-05-04: Primera Lectura en la Cámara
    • 2026-05-04: Referido a Comisión(es)
  • Texto del proyecto: Presentado en formato textual, pero el contenido legible completo no está disponible en el resumen proporcionado. Se reporta que modifica la Ley Núm. 108 de 1965, conocida como la Ley para Regular las Profesiones de Detectives Privados y Guardias de Seguridad, con énfasis en readiestramientos y uso de armas no letales para guardias de seguridad.

1) Propósito e intención del proyecto

  • El proyecto tiene como objetivo principal enmendar partes específicas de la Ley Núm. 108 para...
    • Establecer un requisito de readiestramiento para guardias de seguridad.
    • Autorizar o regular el uso de armas no letales por parte de los guardias de seguridad.
  • En términos más amplios, busca fortalecer la capacitación y las herramientas no letales disponibles para profesionales de seguridad privada en Puerto Rico, con posibles efectos en estándares de seguridad pública y en la regulación profesional de estas personas.

2) Provisiones clave (cambios propuestos)

  • Readiestramientos para guardias de seguridad:
    • Implementar un programa o requisitos periódicos de readiestramiento para personal de seguridad privada.
    • Pueden incluir módulos de procedimentos de seguridad, manejo de situaciones de riesgo, y actualización de prácticas.
  • Uso de armas no letales:
    • Establecer directrices o autorizaciones específicas para el uso de armas no letales por parte de guardias de seguridad.
    • Podrían describirse tipos de armas no letales permitidos (p. ej., aerosoles de contacto, tazers, etc.) y condiciones de uso.
    • Requisitos de protección, responsabilidades y limitaciones para evitar abusos o lesiones.
  • Enmiendas a la Ley 108 (Artículos 4(B) e inciso (e), (f) y (g); y Artículo 15):
    • Ajustes sustantivos a la regulación de las profesiones de detectives privados y guardias de seguridad, para adecuarlas a los nuevos requerimientos de entrenamiento y armamento no letal.

Nota: El texto oficial completo no está disponible en el material proporcionado, por lo que los detalles exactos (porcentajes, duración de lectura/entrenamiento, tipos de armas permitidas, excepciones, sanciones, etc.) no pueden ser confirmados con certeza sin el texto completo del proyecto.

3) ¿Quiénes/qué serían afectados?

  • Guardias de seguridad privados en Puerto Rico, que estarían sujetos a:
    • Requisitos de readiestramiento periódicos.
    • Regulación sobre el uso de armas no letales.
  • Empresas y agencias de seguridad privada que emplean guardias de seguridad, ya que deberán cumplir con los nuevos estándares de entrenamiento y equipamiento.
  • Profesionales de detective privado y otros regulados por la Ley 108 (según las enmiendas al Artículo 4(B) y Artículo 15) que podrían verse impactados por cambios administrativos o de cumplimiento.

4) Aspectos procedimentales y temporales

  • Trámite actual:
    • Radicado el 30 de abril de 2026.
    • Primera Lectura en la Cámara el 4 de mayo de 2026.
    • Remisión a comisiones correspondientes el 4 de mayo de 2026.
  • Fases esperadas (típico):
    • Revisión por comisiones (posible dictamen y cambios).
    • Debates en pleno de la Cámara y/o del Senado (según el sistema legislativo de Puerto Rico).
    • Posible aprobación y remisión al gobernador para firma, o reconsideración, dependiendo del proceso legislativo y del calendario de sesiones.
  • Implementación: Si el proyecto avanza, la implementación dependería de la fecha de vigencia que establezca la ley o las regulaciones asociadas, con plazos para cumplir los requisitos de readiestramiento y las disposiciones sobre armas no letales.

5) Implicaciones y consideraciones operativas

  • Cualquiera que esté involucrado en seguridad privada debe monitorizar:
    • Fechas de elegibilidad para readiestramientos.
    • Cambios en las políticas de uso de fuerza y en la selección de equipos.
    • Requisitos de registro, licencias o certificaciones actualizadas.
  • Posibles efectos en costos para empleadores y para los trabajadores (capacitación, equipos no letales, seguros, cumplimiento regulatorio).

6) Recomendaciones para lectura adicional

  • Revisar el texto completo del proyecto PC 1242 cuando esté disponible para:
    • Identificar los tipos exactos de armas no letales permitidas.
    • Especificar la duración y el contenido del readiestramiento.
    • Detallar sanciones, excepciones, y procesos de cumplimiento y supervisión.
    • Verificar fechas de vigencia y disposiciones transitorias.

Si desea, puedo adaptar este resumen una vez se publique el texto completo y proporcionar una comparación lado a lado con la versión actual de la Ley 108 para claridad adicional.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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