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PS 194

Para enmendar los articulos 4 y 8 de la Ley 117-2001, conocida como "Ley de Garantía de Préstamos y Préstamos Agricolas", a los fines de disponer para que el Departamento de Agricultura y el Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico, en estrecha colaboración, establezcan un proceso expedito para que los agricultores que presenten una solicitud para una Garantia de Préstamo y Préstamo Agricola, conforme a lo establecido en esta Ley, sean atendidos con prioridad en la concesión de permisos, licencias y certificaciones gubernamentales requeridas; flexibilizar o liberar los requisitos de financiamiento a los agricultores solicitantes, sin necesidad de que el Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico imponga cuotas para prestamos y el establecimiento de requisitos menores en los colaterales de los mismos; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Facilitar y agilizar el acceso de agricultores a garantías y préstamos agrícolas mediante un proceso expedito y requisitos más flexibles, con prioridad en trámites.

Enviado a la Gobernadora
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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PS 194

Resumen del Proyecto de Ley PS 194

Propósito principal

Modificar los artículos 4 y 8 de la Ley 117-2001 (Ley de Garantía de Préstamos y Préstamos Agrícolas) para facilitar y agilizar el acceso de los agricultores a garantías y préstamos agrícolas. El proyecto ordena que el Departamento de Agricultura y el Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico (BDE), en colaboración estrecha, establezcan un proceso expedito y prioridades administrativas para los solicitantes, además de flexibilizar requisitos financieros y de colateral.

Disposiciones clave

  • Enmienda de los artículos 4 y 8 de la Ley 117-2001 para:
    • Establecer un proceso expedito, coordinado entre el Departamento de Agricultura y el BDE, que garantice atención prioritaria a agricultores que soliciten garantía de préstamo y préstamo agrícola conforme a la Ley.
    • Disponer que los agricultores beneficiarios sean atendidos con prioridad en la concesión de permisos, licencias y certificaciones gubernamentales requeridas para la actividad agrícola asociada al préstamo.
    • Flexibilizar o eximir ciertos requisitos de financiamiento para los solicitantes, incluyendo la posibilidad de no imponer cuotas por préstamos a cargo del BDE.
    • Establecer requisitos menores o más flexibles en materia de colaterales exigidos para estos préstamos.
  • Señala la necesidad de colaboración institucional para diseñar e implementar el procedimiento expedito y las reglas operativas correspondientes.

Quiénes se verían afectados

  • Directamente: agricultores y productores agrícolas que soliciten garantías y préstamos bajo la Ley 117-2001.
  • Instituciones: Departamento de Agricultura y Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico (responsables de coordinar e implementar las medidas).
  • Agencias que emiten permisos, licencias y certificaciones (que deberán dar prioridad a estas solicitudes).
  • Potencialmente el BDE en su cartera crediticia y la gestión de riesgo fiscal del Gobierno.

Impacto y consideraciones

  • Positivos esperados: mayor acceso al crédito para agricultores, trámites administrativos más rápidos, reducción de costos y barreras de entrada para pequeños y medianos productores.
  • Riesgos/consideraciones: posible aumento del riesgo crediticio si se reducen garantías o se eliminan cuotas; necesidad de normas y procesos claros para evitar favoritismos o problemas de implementación; requerimiento de coordinación interagencial y recursos para priorizar trámites.
  • Implementación: el detalle operativo (reglamentos, parámetros de flexibilidad, criterios de prioridad) deberá fijarse mediante acuerdos o reglamentación entre el Departamento de Agricultura y el BDE.

Historia procesal (resumen)

  • Radicado: 08-ene-2025.
  • Primera lectura en Senado: 16-ene-2025; referido a comisiones.
  • 1er informe de Comisión con enmiendas: 24-jun-2025; remitido a Comisión de Reglas y Calendario.
  • Aprobado por el Senado (con enmiendas) y en Sala: 15-sep-2025; texto de aprobación final enviado a la Cámara.
  • Aparece en Primera Lectura de la Cámara: 25-sep-2025; referido a comisión(es).

Este resumen describe el contenido y los efectos previstos con base en el texto del proyecto; la redacción final y su impacto dependerán de las enmiendas específicas aprobadas y de la reglamentación posterior.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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