Resumen del Proyecto PS 449 (Ley 18-2025)
Resumen ejecutivo
PS 449 modifica los Artículos 4 y 5 de la Ley 20-2001, según enmendada (conocida como “Ley de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres”), con el propósito declarado de establecer un marco claro para el manejo de vacantes permanentes en el cargo de Procuradora de las Mujeres. El proyecto fue radicado el 26 de marzo de 2025 y culminó como Ley 18-2025 el 14 de mayo de 2025.
Propósito e intención
La iniciativa busca evitar incertidumbre institucional cuando se produce una vacante permanente en la titularidad de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, garantizando continuidad administrativa y claridad sobre quién debe ejercer las funciones mientras se completa la designación definitiva. Aunque el texto íntegro de las enmiendas no se incluye aquí, el objetivo declarado es ordenar procedimientos y responsabilidades relativos a la vacante del puesto.
Principales aspectos (alcance general)
El proyecto enmienda los Artículos 4 y 5 de la Ley 20-2001. Según el título y propósito, las enmiendas pretenden, de manera general:
- Establecer un procedimiento claro para la vacancia permanente del cargo de Procuradora de las Mujeres.
- Determinar la sucesión o la designación temporal/interina para el ejercicio de las funciones mientras se nombra a la titular permanente.
- Precisar plazos, requisitos o responsabilidades administrativas vinculadas a la sustitución temporal y al nombramiento definitivo.
- Proveer mecanismos para garantizar la continuidad de los servicios y programas de la Oficina.
(Nótese que el texto completo de los artículos enmendados debe consultarse para conocer las disposiciones precisas —p. ej., nombres de cargos que asumen funciones interinas, plazos específicos o requisitos de notificación—.)
Quiénes se verán afectados
- La Oficina de la Procuradora de las Mujeres y su personal administrativo.
- La persona que ocupe actualmente el cargo y potenciales designados interinos o definitivos.
- El Poder Ejecutivo (por roles de nombramiento) y la Asamblea Legislativa (si corresponde confirmación).
- Usuarios de los servicios y programas que administra la Oficina (personas y organizaciones que reciben atención, asesoría o seguimiento en materia de derechos de las mujeres).
Cronología legislativa clave
- 2025-03-26: Radicado.
- 2025-03-31 a 2025-04-10: Trámite en el Senado (lecturas, comisiones, aprobado en votación final 2025-04-10).
- 2025-04-28 a 2025-05-01: Trámite en la Cámara de Representantes (referencias, informe conjunto, aprobado en votación final 2025-05-01).
- 2025-05-07 / 2025-05-08: Firmado por Presidentes del Senado y la Cámara.
- 2025-05-12: Enviado a la Gobernadora.
- 2025-05-14: Promulgado como Ley 18-2025.
Próximos pasos / dónde consultar el texto
Para conocer el alcance exacto de las modificaciones (texto legal preciso, plazos, definiciones y mecanismos de sustitución), consulte el texto final de la Ley 18-2025 o el expediente legislativo en la página oficial de la Asamblea Legislativa / Gaceta Oficial donde figura la Ley 18-2025. Si desea, puedo buscar y resumir el texto íntegro de los Artículos 4 y 5 tal como quedaron tras la enmienda.