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PC 1167

Para enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley 44 de 21 de junio de 1988, según enmendada, conocida como “Ley de la Autoridad para el Financiamiento de la Infraestructura de Puerto Rico”, a los fines de ampliar su acceso a fondos, otorgarle mayor autonomía administrativa y agilizar la ejecución de proyectos de infraestructura crítica; excluir a la Autoridad para el Financiamiento de la Infraestructura de las disposiciones de la Ley 73-2019, según enmendada, conocida como “Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019”, permitiéndole gestionar sus propios procesos sin interferencias burocráticas; y para otros fines relacionados

2025-2028 Session

Ampliar la autonomía y el acceso a fondos de la AFI para acelerar la financiación y ejecución de proyectos de infraestructura crítica en Puerto Rico, con compras gestionadas fuera

Referido a Comisión(es)
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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PC 1167

Resumen del Proyecto de Ley PC 1167 (Sesión 2025-2028, Puerto Rico)

Propósito principal

El Proyecto de Ley 1167 busca enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley 44 de 21 de junio de 1988, según enmendada, conocida como la “Ley de la Autoridad para el Financiamiento de la Infraestructura de Puerto Rico” (AFI). El objetivo explícito es ampliar el acceso a fondos para la AFI, conferirle mayor autonomía administrativa y agilizar la ejecución de proyectos de infraestructura crítica. Adicionalmente, el proyecto propone excluir a la AFI de las disposiciones de la Ley 73-2019 (Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico) y permitirle gestionar sus propios procesos sin interferencias burocráticas. El marco de referencia sugiere que las modificaciones buscan mejorar la capacidad operativa y la velocidad de implementación de proyectos de infraestructura de importancia crítica para Puerto Rico, manteniendo un régimen de supervisión y control que podría diferir de las prácticas de compras del Gobierno central.

Provisiones clave (en conjunto con el objetivo)

  • Ampliación del acceso a fondos: Se propone ampliar las fuentes de financiamiento disponibles para la AFI, con el fin de habilitar la ejecución oportuna de proyectos de infraestructura.
  • Autonomía administrativa: Se otorga mayor capacidad de gestión interna a la AFI, posibilitando decisiones administrativas y operativas con menor intervención de otros órganos del Gobierno central.
  • Aceleración de proyectos de infraestructura crítica: Se priorizan mecanismos y marcos para la ejecución más rápida de inversiones en infraestructura consideradas críticas para la economía y seguridad del territorio.
  • Exclusión de la Ley 73-2019 para compras centralizadas: Se excluye a la AFI de las disposiciones de la Ley de Servicios Generales para la Centralización de Compras, permitiéndole gestionar procesos de adquisición de forma independiente y con menos trámites burocráticos, dentro de los límites que la propia ley y el marco presupuestario permitan.
  • Otros fines relacionados: El texto sugiere que podrían incorporarse disposiciones conexas para alinear la gobernanza, supervisión y responsabilidad fiscal con el nuevo nivel de autonomía y velocidad operativa.

Sujetos y efectos potenciales

  • Entidad afectada: Autoridad para el Financiamiento de la Infraestructura (AFI).
  • Impactos administrativos: Mayor autonomía podría traducirse en procesos internos más ágiles, menos red tape y capacidades de contratación y gestión de fondos más rápidas.
  • Impactos presupuestarios y de financiamiento: Potencial acceso ampliado a fondos para proyectos; posible redefinición de mecanismos de aprobación y seguimiento presupuestario para proyectos de infraestructura.
  • Riesgos y consideraciones: La mayor autonomía podría requerir salvaguardas robustas de transparencia, rendición de cuentas y cumplimiento normativo para evitar efectos adversos en la gobernanza y en la supervisión fiscal.

Aspectos procedimentales y cronograma

  • Trámites legislativos actuales:
    • 25 de febrero de 2026: Radicado.
    • 26 de febrero de 2026: Aparece en Primera Lectura de la Cámara.
    • 26 de febrero de 2026: Referido a las Comisiones.
  • Próximos pasos esperados: Análisis y votación en comisiones, posibles enmiendas, y eventual texto para voto en pleno. Dependiendo del proceso legislativo, podría avanzar hacia informes y votación final en la Cámara y, en su caso, a otras etapas en el proceso legislativo.

Consideraciones para lectores

  • Este proyecto se centra en reconfigurar la gobernanza, financiamiento y velocidad de ejecución de proyectos de infraestructura mediante una mayor autonomía de la AFI y una descompresión de trámites de compras centralizados.
  • La exclusión de la AFI de la Ley 73-2019 implica un cambio significativo en la gestión de adquisiciones, con énfasis en procesos internos más rápidos, sujeto a controles y mecanismos de supervisión correspondientes.
  • Aun cuando se detallan beneficios en términos de eficiencia, la implementación requerirá marcos de rendición de cuentas y transparencia para asegurar la responsabilidad fiscal y la integridad de las adquisiciones.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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