WeVote

Bill

Bill

PS 84

Para enmendar los Artículos 2.8, 3.1, 3.2, 3.3, 3.4, y 3.5 de la Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como “Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica” a los fines de atemperar sus disposiciones y delitos al sistema de penas establecido en la Ley Núm. 146 de 30 de julio de 2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”.

2025-2028 Session

Atemperar las disposiciones de la Ley 54 (violencia doméstica) con el Código Penal de Puerto Rico (Ley 146/2012), recalibrando tipificaciones y penas para coherencia jurídica.

Firmado por el Presidente de la Cámara
0
WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PS 84

Resumen del Proyecto de Ley PS 84

Título (resumido): Para enmendar los Artículos 2.8, 3.1, 3.2, 3.3, 3.4 y 3.5 de la Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989, según enmendada (Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica), a los fines de atemperar sus disposiciones y delitos al sistema de penas establecido en la Ley Núm. 146 de 30 de julio de 2012, según enmendada (Código Penal de Puerto Rico).

Propósito principal

Armonizar las disposiciones y las calificaciones penales de ciertos artículos de la Ley 54 (violencia doméstica) con la estructura de delitos y penas del Código Penal de Puerto Rico (Ley 146 de 2012). Es decir, actualizar la tipificación y sanciones de los artículos señalados para que sean congruentes con la nomenclatura, grados y rangos de penas vigentes en el Código Penal.

Cambios y disposiciones clave (según título y alcance)

  • Actualiza la redacción y/o clasificación penal de los Artículos 2.8 y 3.1–3.5 de la Ley 54 para reflejar la estructura del Código Penal (Ley 146/2012).
  • Recalibra la tipificación de conductas relacionadas con violencia doméstica (posible reclasificación entre delitos y faltas, o entre grados de delito) para que las sanciones y disposiciones procedimentales correspondan con el Código Penal.
  • Ajusta referencias legales, términos técnicos y remisiones internas de la Ley 54 que aluden a categorías de pena o a disposiciones suprimidas o modificadas por la Ley 146.
  • Podría incluir adaptación de disposiciones sobre: órdenes de protección, procedimientos penales conexos, requisitos para medidas cautelares y consecuencias penales específicas aplicables a agresores, según la nueva clasificación.

Nota: El texto específico de las enmiendas no se incluye aquí; la descripción está basada en el objetivo declarado del proyecto (atemperar las disposiciones al Código Penal).

Quiénes se verían afectados

  • Personas denunciadas por delitos relacionados con violencia doméstica (reclasificación de cargos y penas).
  • Víctimas y sobrevivientes de violencia doméstica (posibles cambios en procedimientos penales, acceso a órdenes de protección y en la severidad de sanciones).
  • Jueces, fiscales, defensores públicos y policías (ajustes operativos y procesales conforme a la nueva clasificación penal).
  • Proveedores de servicios a víctimas y autoridades administrativas que aplican la Ley 54, por cambios en remisiones legales y procedimientos.

Impacto potencial

  • Mayor coherencia entre la Ley 54 y el Código Penal, reduciendo conflictos interpretativos y discrepancias en la imposición de penas.
  • Cambios en las penas aplicables (aumento o disminución de la gravedad legal de determinados comportamientos según su reclasificación).
  • Necesidad de actualizar protocolos judiciales, correccionales y de atención a víctimas para ajustarse a las nuevas codificaciones.
  • Posible efecto en estadísticas de criminalidad y en estrategias de enforcement, dependiendo de cómo se reclasifiquen conductas específicas.

Historial legislativo y estado

  • 2025-01-02: Radicado (introducido).
  • 2025-01-16: Aparece en Primera Lectura del Senado; referido a comisión(es).
  • 2025-08-14: 1er Informe de Comisión rendido con enmiendas; remitido a Comisión de Reglas y Calendario del Senado; entirillado del informe.
  • 2025-08-18: Aprobado con enmiendas por el Senado en votación final; texto de aprobación final enviado a la Cámara; figuró en el Calendario de Órdenes Especiales.
  • 2025-08-25: Aparece en Primera Lectura de la Cámara; referido a comisión(es).

Estado actual: Tras aprobación en el Senado con enmiendas, el proyecto fue enviado a la Cámara y está en referimiento a comisiones en la Cámara de Representantes.

Observaciones y siguientes pasos

  • Para conocer las enmiendas exactas (texto legal concreto, cambios en párrafos y en las penas específicas), es necesario consultar el texto en cuestión aprobado por el Senado y el informe de la comisión que contenga las enmiendas.
  • La Cámara de Representantes deberá evaluar el proyecto y sus enmiendas; podrá aprobarlo, enmendarlo o rechazarlo. Si la Cámara enmienda, el proyecto regresará al Senado para concurencia o habrá proceso de conciliación.

Si desea, puedo:
- Buscar y resumir el texto aprobado por el Senado (enmiendas concretas) si dispone del enlace o del contenido.
- Preparar un análisis comparativo entre la redacción actual de los artículos de la Ley 54 y la versión propuesta.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

Sign in to ask a question.