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PS 183

Para enmendar los articulos 2, 3, 4, 5, 6, 8 y 9 de la Ley 166-1995, según enmendada, conocida como la "Ley del Programa de Desarrollo Artesanal", a los fines de transferirle al Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico, la responsabilidad de facilitar lineas de garantia o crédito para la concesión de préstamos, incentivos, o cualquier otra ayuda económica a la clase artesanal para el establecimiento, operación, ampliación o mejoramiento de talleres de produccióry elaboración y confección de artesanias; hacer correcciones técnicas en la Ley, conforme al estado de derecho acfual; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Transfiere al BDE la facultad de facilitar líneas de garantía y crédito para artesanos y talleres, con ajustes técnicos.

Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
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Bill Summary · PS 183

Resumen del Proyecto de Ley PS 183

Título corto: Enmienda a la Ley 166-1995 (Programa de Desarrollo Artesanal) para transferir funciones de facilitación de garantías y crédito al Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico (BDE) y efectuar correcciones técnicas.

Propósito principal

Modificar los artículos 2, 3, 4, 5, 6, 8 y 9 de la Ley 166-1995, conocida como “Ley del Programa de Desarrollo Artesanal”, para transferir al Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico (BDE) la responsabilidad de facilitar líneas de garantía o crédito destinadas a la concesión de préstamos, incentivos u otra ayuda económica a la clase artesanal. Además, introducir correcciones técnicas en la Ley para ajustarla al estado actual del ordenamiento jurídico.

Disposiciones clave (según el título y versión)

  • Transferir formalmente al BDE la facultad de:
    • Facilitar líneas de garantía o crédito.
    • Apoyar la concesión de préstamos, incentivos u otras ayudas económicas a artesanos y talleres artesanales.
    • Promover el establecimiento, operación, ampliación o mejoramiento de talleres de producción, elaboración y confección de artesanías.
  • Enmendar los artículos 2, 3, 4, 5, 6, 8 y 9 de la Ley 166-1995 para reflejar la nueva estructura administrativa y operativa.
  • Realizar correcciones técnicas y de armonización normativa para adaptar la ley a la legislación vigente y a la práctica administrativa actual.
  • (Implícito) Delegación de funciones administrativas y posibles cambios en procedimientos, reglamentos y mecanismos de acceso a crédito/garantía.

Quiénes se verían afectados

  • Beneficiarios directos: artesanos individuales, talleres artesanales y microempresas del sector artesanal que buscan financiamiento o incentivos para iniciar, operar, ampliar o mejorar sus instalaciones y procesos.
  • Entidades financieras y prestamistas: interactuarían con el BDE en la instrumentación de líneas de garantía o crédito.
  • Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico: asumiría nuevas funciones operativas, técnicas y de riesgo asociadas a las garantías y líneas crediticias.
  • Otras agencias gubernamentales vinculadas actualmente al Programa de Desarrollo Artesanal (que verían transferidas o redefinidas ciertas responsabilidades).

Impacto previsto

  • Posible mayor centralización y profesionalización del acceso a financiamiento para el sector artesanal mediante la experiencia crediticia del BDE.
  • Necesidad de que el BDE establezca reglas, procedimientos y criterios de elegibilidad para los programas transferidos.
  • Potenciales implicaciones presupuestarias y de gestión de riesgo para el BDE (dependiendo de si se asignan fondos, garantías estatales u otros instrumentos).
  • Cambios administrativos para beneficiarios y para las oficinas gubernamentales que hoy gestionan el programa.

Estado y cronología legislativa

  • Radicado: 08-ene-2025
  • Apareció en Primera Lectura del Senado: 16-ene-2025 (referido a comisiones)
  • 1er Informe de Comisión del Senado con enmiendas: 02-may-2025 (entirillado y remitido a Reglas y Calendario)
  • Aprobado por el Senado con enmiendas: 12-may-2025 (en Calendario de Órdenes Especiales)
  • Texto de aprobación final enviado a la Cámara: 12-may-2025
  • Apareció en Primera Lectura de la Cámara: 19-may-2025 (referido a comisión(es))

Actualmente el proyecto está en proceso legislativo en la Cámara de Representantes luego de su aprobación en el Senado con enmiendas.

Observaciones

El resumen se basa en el título y en las acciones legislativas disponibles. El texto final del proyecto (y las enmiendas aprobadas por el Senado) contendrá los detalles operativos —definiciones precisas, criterios de elegibilidad, mecanismos de garantía, responsabilidades administrativas y cualquier disposición transitoria— que serán determinantes para evaluar plenamente efectos fiscales y operativos. Para un análisis más técnico se recomienda revisar el texto aprobado por el Senado y el informe de comisión correspondientes.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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