Bill
PC 710
Para enmendar los Artículos 1 y 1.1 de la Ley 42-2015, según enmendada, conocida como la “Ley de para que Toda Persona Natural o Jurídica que Preste Servicios Provea al Menos Dos (2) Alternativas de Pago a sus Clientes”, a los fines de requerir que se provea una tercera alternativa de pago mediante el uso de plataformas o aplicaciones electrónicas validadas en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Puerto Rico expands mandatory payment options from two to three methods, requiring businesses to offer validated digital/electronic payment platforms alongside existing payment alternatives.