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PS 1104

Para enmendar los Artículos 1-A, 1-B, 3, 5, 5-A y 36 de la Ley 45 de 18 de abril de 1935, según enmendada, conocida como “Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo”, con el fin de incluir animales de asistencia certificados como parte del equipo funcional rehabilitador para trabajadores con pérdida total de visión o audición; para facultar al Administrador de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado a establecer un proceso estructurado para la evaluación, selección y seguimiento de los animales de asistencia certificados; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Expands workers’ rehabilitation to include certified assistance animals for those with total vision or hearing loss, with CFSE funding and oversight.

Referido a Comisión(es)
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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PS 1104

Resumen del Proyecto de Ley PS 1104 (Sesión 2025-2028, Puerto Rico)

Propósito e intención

Este proyecto busca enmendar la Ley 45 de 1935, conocida como la Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo, para reconocer a los animales de asistencia certificados como parte del equipo funcional rehabilitador para trabajadores que sufren pérdida total de visión o audición. Además, faculta al Administrador de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE) a establecer un proceso estructurado para la evaluación, selección y seguimiento de estos animales de asistencia. En suma, persigue ampliar la rehabilitación vocacional y la reintegración laboral de trabajadores con discapacidades sensoriales.

Provisiones clave

  • Artículo 1-A (Política pública)

    • Actualiza la política para incluir explícitamente la provisión de animales de asistencia certificados como parte de la rehabilitación vocacional cuando una lesión o enfermedad ocupacional resulte en pérdida total de visión o audición.
    • Subraya que la rehabilitación vocacional debe iniciarse tan pronto como ocurra la lesión e incluir planes de reempleo y colocación laboral, con el uso de animales de asistencia cuando sea clínicamente indicado.
  • Artículo 1-B (CFSE: facultades)

    • Otorga a la CFSE la autoridad para establecer, mediante programas internos o contratos, un programa para la rehabilitación física y vocacional que incluya la evaluación, adquisición, entrenamiento, sustitución y mantenimiento de animales de asistencia certificados.
  • Artículo 3 (Derechos de obreros y empleados)

    • Especifica que, en casos de incapacidad permanente parcial o total, el uso de aditamentos especiales, equipo de asistencia tecnológica y/o animales de asistencia certificados puede requerirse.
    • Dispone que el Administrador proveerá, sin costo para el trabajador, los elementos necesarios y que podrán reemplazarse o repararse conforme a reglamento.
    • Incluye la posibilidad de complementar el beneficio con apoyo económico para vivienda o adecuaciones cuando sea necesario para la reintegración laboral.
  • Artículo 5 y 5-A (Examen, tratamiento y reinstalación)

    • Detallan procedimientos de atención médica y rehabilitación durante el periodo de inhabilitación.
    • Establecen que, en casos de necesidad de un animal de asistencia, la coordinación de evaluación, selección, adiestramiento y seguimiento veterinario será cubierto por la CFSE sin costo para el trabajador.
    • Modulan condiciones de reinstalación y permiten el acceso del animal en el lugar de trabajo como acomodamiento razonable, conforme a ADA.
  • Artículo 36 (Definiciones)

    • Amplía la definición de “aditamento especial” para incluir explícitamente a los animales de asistencia certificados.
    • Define criterios de elegibilidad y certificación conforme a leyes vigentes sobre animales de asistencia y requisitos sanitarios y de conducta.
  • Reglamentación y vigencia

    • Autoriza al Administrador a emitir reglamentos y procedimientos para la implementación, certificación, registro y seguimiento de los animales de asistencia.
    • Entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

Impacto esperado

  • Aumento de la cobertura de rehabilitación para trabajadores con pérdida total de visión o audición.
  • Mayor acceso a animales de asistencia certificados como parte de el plan rehabilitador, con costos cubiertos por la CFSE.
  • Potencial mejora en la reintegración laboral, reducción de ausentismo y mayor productividad entre trabajadores con discapacidades sensoriales.
  • Alineación con prácticas internacionales y políticas de inclusión laboral para personas con discapacidad.

Cronograma y estado

  • Presentado y en Primera Lectura en el Senado el 26 de febrero de 2026.
  • Referido a comisiones para su análisis.

Nota: El texto detalla definiciones, procesos de certificación y mecanismos de seguimiento para garantizar la viabilidad y supervisión de los animales de asistencia dentro del marco de la compensación laboral.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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