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PC 546

Para enmendar los Artículos 1.3, 2.9 y el 3.2 de la Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como “Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica”, a los fines de añadir al Artículo 1.3 dos nuevos incisos para incluir la definición de Adulto Mayor y Persona con Diversidad Funcional y reorganizar la numeración de los incisos conforme a dichas inclusiones; enmendar el Artículo 2.9 a los fines de añadir incisos en los cuales se disponga que todo incidente de violencia doméstica contra o en presencia de una persona Adulta Mayor o a una persona con Diversidad Funcional tiene que ser referido obligatoriamente al Departamento de la Familia; enmendar el Artículo 3.2 a los fines de incluir como Maltrato Agravado cuando se cometiere el delito contra, en presencia o mediante una persona Adulta Mayor o con Diversidad Funcional; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Extiende protections de violencia doméstica para Adultos Mayores y Personas con Diversidad Funcional, obligando remisiones al Departamento de la Familia y elevando maltrato agravad

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Bill Summary · PC 546

Resumen del Proyecto de Ley PC 546

Propósito principal

El proyecto PC 546 reforma la Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989 (Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica) para ampliar las protecciones legales y los mecanismos de respuesta cuando la violencia doméstica afecta a personas Adultas Mayores y a personas con Diversidad Funcional. Busca (1) incluir definiciones específicas, (2) establecer la obligación de remitir ciertos incidentes al Departamento de la Familia, y (3) elevar algunas conductas a la categoría de Maltrato Agravado cuando involucren a estos grupos.

Cambios clave propuestos

  • Artículo 1.3
    • Añade dos incisos nuevos con las definiciones de “Adulto Mayor” y “Persona con Diversidad Funcional”.
    • Reorganiza la numeración de los incisos del artículo para incorporar estas definiciones.
  • Artículo 2.9
    • Incorpora incisos que establecen la obligación de referir de forma obligatoria al Departamento de la Familia todo incidente de violencia doméstica que:
    • Sea cometido contra una persona Adulta Mayor o una persona con Diversidad Funcional; o
    • Ocurra en presencia de una persona Adulta Mayor o una persona con Diversidad Funcional.
  • Artículo 3.2
    • Modifica la definición/elementos de Maltrato Agravado para incluir expresamente los casos cuando el delito se comete “contra, en presencia o mediante” una persona Adulta Mayor o una persona con Diversidad Funcional.

Quiénes resultan afectados

  • Personas Adultas Mayores y personas con Diversidad Funcional: mayor protección legal y acceso a remisión obligatoria para servicios de protección.
  • Victimas de violencia doméstica en general: ampliación de circunstancias que agravan la conducta delictiva.
  • Departamento de la Familia: recibirá remisiones obligatorias adicionales y posiblemente mayor carga administrativa y de intervención.
  • Fuerzas del orden, servicios sociales, personal sanitario y proveedores de servicios: deberán aplicar los nuevos requisitos de remisión y reconocer la nueva categorización de maltrato agravado.

Impacto y consideraciones

  • Efectos legales: eleva la gravedad de ciertos actos cuando involucran a grupos vulnerables, lo que puede derivar en sanciones penales más severas.
  • Operativos y administrativos: puede requerir protocolos de coordinación, capacitación a policía y personal de primera respuesta, y recursos adicionales para el Departamento de la Familia.
  • Protección preventiva: facilita la detección y respuesta temprana en incidentes que afectan a población vulnerable.

Trámite y estado legislativo

  • Radicado: 23 de abril de 2025.
  • Varios trámites en Cámara y Senado (vistas públicas, informes de comisión, aprobaciones con enmiendas).
  • Aprobado por Cámara y Senado con enmiendas en junio y noviembre de 2025.
  • Firmado por el Presidente del Senado: 20 de noviembre de 2025 (estado: firmado por el Presidente del Senado; pendiente firma ejecutiva o publicación según procedimiento aplicable).

Nota: El resumen se basa en la descripción del proyecto; el texto final aprobado puede contener redacción precisa de las definiciones y disposiciones operativas que determinan el alcance exacto de las obligaciones y sanciones.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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