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PC 714

Para enmendar los Artículos 1, 2, 5; añadir un nuevo Artículo 5-A; enmendar los Artículos 6, 7, 9, 10, 11, 12, 13 de la Ley Núm. 71-2017, conocida como “Ley para Regular la Profesión de Médicos Asistentes de Puerto Rico”, y enmendar el Artículo 4 de la Ley 139-2008, según enmendada, conocida como “Ley de la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica” a los fines de reconocer y regular la profesión de Asociado Médico Certificado; establecer sus requisitos de preparación académica, certificación, responsabilidades, ética profesional y procesos de educación continua; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Reconoce y regula al Asociado Médico Certificado, con requisitos de formación, certificación, ética y educación continua, e integra a la Junta para supervisión y disciplina.

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Bill Summary · PC 714

Resumen del Proyecto de Ley PC 714

Título: Para enmendar los Artículos 1, 2, 5; añadir un nuevo Artículo 5-A; enmendar los Artículos 6, 7, 9, 10, 11, 12, 13 de la Ley Núm. 71-2017 (“Ley para Regular la Profesión de Médicos Asistentes de Puerto Rico”), y enmendar el Artículo 4 de la Ley 139-2008, según enmendada (“Ley de la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica”), a los fines de reconocer y regular la profesión de Asociado Médico Certificado; establecer sus requisitos de preparación académica, certificación, responsabilidades, ética profesional y procesos de educación continua; y para otros fines relacionados.**

Estado: Enviado a la Gobernadora (13 de noviembre de 2025)
Radicado: 11 de junio de 2025

Propósito principal

El proyecto crea un marco legal para reconocer y regular la figura del “Asociado Médico Certificado” en Puerto Rico. Modifica y complementa la Ley 71-2017 sobre médicos asistentes y la Ley 139-2008 (Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica) para establecer requisitos formativos, criterios de certificación, responsabilidades profesionales, deberes éticos y normas de educación continua para esta nueva categoría profesional.

Principales disposiciones y cambios

  • Reconocimiento formal de la profesión de Asociado Médico Certificado mediante la modificación de múltiples artículos de la Ley 71-2017 y la adición del Artículo 5-A.
  • Establecimiento de requisitos mínimos de preparación académica y certificación profesional (se define que habrá normas específicas sobre formación y acreditación).
  • Definición de responsabilidades profesionales y deberes éticos aplicables a los Asociados Médicos Certificados.
  • Creación o ajuste de procesos de educación continua obligatoria para mantener la certificación.
  • Enmienda del Artículo 4 de la Ley 139-2008 para integrar a los Asociados Médicos Certificados en el régimen de licenciamiento, supervisión y disciplina administrado por la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica.
  • Otorgamiento de facultades a la Junta para reglamentar detalles operativos: requisitos de licencia, registro, sanciones disciplinarias y procedimientos administrativos.

(Nótese que el texto del proyecto define los principios; los detalles operativos y cuantitativos serán desarrollados por reglamentos de la Junta.)

Quiénes se verían afectados

  • Profesionales de la salud: quienes actualmente ejercen como médicos asistentes y quienes aspiren a ser Asociados Médicos Certificados.
  • Médicos y organizaciones empleadoras (clínicas, hospitales, centros de atención primaria) que supervisan o integran estos profesionales en equipos clínicos.
  • Instituciones educativas y programas de formación que deberán adaptar planes de estudio para cumplir requisitos de certificación.
  • La Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica, responsable de implementar reglamentos, licencias y disciplina.
  • Pacientes y sistema de salud en general, por cambios potenciales en acceso a servicios y en la estructura de la dotación clínica.

Cronología legislativa relevante

  • Radicado: 11-jun-2025
  • Aprobado por la Cámara en votación final: 24-jun-2025
  • Aprobado por el Senado (con enmiendas): 14-oct-2025 (concurrió la Cámara enmiendas el 30-oct-2025)
  • Firmas de presidentes de Cámara y Senado y disposición de enrolado: finales de octubre–noviembre 2025
  • Enviado a la Gobernadora: 13-nov-2025

Impacto y próximos pasos

Si la Gobernadora sanciona el proyecto, las reformas entrarán en vigor conforme al texto aprobado o según lo disponga la ley. La Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica deberá emitir reglamentos y procedimientos para implementar los requisitos de formación, certificación y disciplina. El cambio busca profesionalizar y regular una categoría laboral que puede aumentar la capacidad clínica, pero exigirá inversión en educación, certificación y supervisión regulatoria.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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