WeVote

Bill

Bill

PC 139

Para enmendar los artículos 1.040, 3.022, 3.023, 3.025, 3.028 y 3.033, añadir un nuevo Artículo 3.033-A, enmendar los artículos 3.035 y 8.002, de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de ampliar las facultades y deberes del Cuerpo de la Policía de los Gobiernos Municipales de Puerto Rico, con el fin de facilitar sus labores para el cumplimiento con su deber de velar por el orden y la seguridad pública en general; enmendar los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 8 de la Ley 1-2022, conocida como “Carta de Derechos de los Policías”; enmendar el Artículo 1.18 de la Ley 20-2017, según enmendada, conocida como “Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico”; enmendar los artículos 1 y 6 de la Ley Núm. 111 de 16 de julio de 1988, según enmendada, mediante la cual se creó el “Fondo de Becas para Hijos, Hijastros para quien el empleado actúa como padre y Cónyuge Supérstite, de miembros del Cuerpo de la Policía”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 8 de 5 de agosto de 1987, según enmendada, conocida como “Ley para la Protección de la Propiedad Vehicular”; enmendar el Artículo 1 de la Ley Núm. 8 de 18 de febrero de 1976, conocida como “Ley para proveer una pensión a las viudas, hijos menores de edad o incapacitados, de miembros de la policía que fallecieren estando activos en la fuerza por causas no relacionadas con el servicio”; con el propósito de extender a los policías municipales, los mismos beneficios y privilegios contemplados en dichas leyes para los policías estatales; hacer correcciones técnicas; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Propone ampliar facultades y deberes de la Policía Municipal y extender a sus agentes beneficios y privilegios de la Policía Estatal, con nuevo Art. 3.033-A.

Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
0
WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PC 139

Resumen del Proyecto de Cámara PC 139 (radicado 08-01-2025)

Propósito principal

El Proyecto PC 139 propone reformar varias disposiciones legales para ampliar las facultades y deberes del Cuerpo de la Policía de los Gobiernos Municipales de Puerto Rico y, simultáneamente, extender a los policías municipales los beneficios y privilegios que actualmente disfrutan los policías estatales en diversas leyes. Además incorpora correcciones técnicas y otras disposiciones relacionadas.

Leyes y artículos que se enmiendan (selección principal)

  • Ley 107-2020 (Código Municipal de Puerto Rico): enmienda artículos 1.040, 3.022, 3.023, 3.025, 3.028, 3.033; añade nuevo Art. 3.033-A; enmienda artículos 3.035 y 8.002.
  • Ley 1-2022 (Carta de Derechos de los Policías): enmienda artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 8.
  • Ley 20-2017 (Departamento de Seguridad Pública): enmienda Art. 1.18.
  • Ley Núm. 111 de 16 de julio de 1988 (Fondo de Becas para familiares de policías): enmienda artículos 1 y 6.
  • Ley Núm. 8 de 5 de agosto de 1987 (Protección de la Propiedad Vehicular): enmienda Art. 2.
  • Ley Núm. 8 de 18 de febrero de 1976 (Pensión a viudas/hijos de policías fallecidos en servicio no relacionado): enmienda Art. 1.

Principales disposiciones propuestas

  • Ampliación de facultades y deberes del Cuerpo de Policía Municipal para facilitar el cumplimiento de sus funciones de orden y seguridad pública (detalles operativos y de autoridad se actualizan en los artículos del Código Municipal).
  • Creación del Art. 3.033-A (nuevo cuerpo normativo dentro del Código Municipal) para introducir potestades o procedimientos adicionales a los municipales (texto exacto del artículo no incluido en el sumario).
  • Extensión a los policías municipales de beneficios y privilegios contemplados en las leyes citadas: derechos laborales y procesales (Carta de Derechos), acceso a fondos de becas para familiares, tratamientos especiales en materia de protección de propiedad vehicular y pensiones para sobrevivientes, entre otros.
  • Correcciones técnicas y armonización entre estatutos municipales y estatales en materia policial.

Quiénes se verían afectados

  • Policías municipales: ampliación de facultades y acceso equivalente a ciertos beneficios de policías estatales.
  • Familias de policías municipales: potencial acceso a fondos de becas y pensiones de sobrevivientes.
  • Gobiernos municipales y agencias estatales (Departamento de Seguridad Pública, administradores de fondos y pensiones): deberán adaptar reglamentación, servicios y manejo presupuestario.
  • Posible impacto fiscal en municipios y en fondos estatales por ampliación de beneficios.

Procedimiento legislativo y estado

  • Radicado: 08-01-2025.
  • Audiencia pública: 05-03-2025.
  • Informes de comisión con enmiendas: 10-04-2025 y 24-06-2025.
  • Cámara de Representantes: aprobado con enmiendas (22-04-2025).
  • Senado: apareció en primera lectura 28-04-2025; fue derrotado en votación final el 12-11-2025; acto seguido se aprobara (sic) enmiendas del informe pero el expediente fue devuelto a comisiones el 13-11-2025 tras solicitarse reconsideración y retirarse el primer informe.
  • Estado actual (13-11-2025): Devuelto a la Comisión(es) para reconsideración/estudio adicional.

Observaciones

  • El proyecto busca equiparar derechos y beneficios entre policías municipales y estatales, pero la extensión de beneficios puede implicar efectos fiscales (costos recurrentes de pensiones, fondos de becas y administración) que deberían cuantificarse en análisis presupuestarios.
  • El texto incorpora adiciones y ajustes normativos relevantes (nuevo Art. 3.033‑A); para conocer el alcance operativo exacto conviene revisar el texto completo de las enmiendas aprobado o propuesto por comisión.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

Sign in to ask a question.