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PS 1129

Para enmendar los Artículos 1.03, 2.04, 9.10 y 9.13 de la Ley Núm. 258-2012, según enmendada, conocida como la “Ley de Servicios Funerarios de Puerto Rico”; y para enmendar los Artículos 7, 15 y 16 de la Ley Núm. 24 de 22 de abril de 1931, según enmendada, mejor conocida como la “Ley del Registro General Demográfico de Puerto Rico”, a los fines de autorizar expresamente la coubicación y disposición final de las cenizas cremadas de mascotas domésticas junto a los restos humanos de sus dueños, guardianes o personas autorizadas, establecer definiciones, documentación y requisitos procedimentales para la cremación de mascotas y la expedición del Permiso de Disposición Final conjunto; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Permite la co-ubicación de cenizas de mascotas con restos humanos mediante permisos y certificados, bajo regulación sanitaria y trazabilidad.

Referido a Comisión(es)
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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PS 1129

Resumen del proyecto de ley PS 1129 (Sesión 2025-2028, Puerto Rico)

Este resumen presenta de forma clara y neutral el objetivo, las principales disposiciones y el impacto potencial del Proyecto de Ley PS 1129, que busca permitir la co‑ubicación de cenizas de mascotas domésticas con restos humanos bajo ciertas condiciones, además de crear marcos definitorios y procedimentales relacionados con la cremación de mascotas en Puerto Rico.

Propósito e intención

  • Ampliar y armonizar la legislación existente (Ley de Servicios Funerarios de Puerto Rico y Ley del Registro Demográfico) para permitir expresamente la co-ubicación y disposición final de las cenizas cremadas de mascotas domésticas junto a los restos humanos de sus dueños, guardianes o personas autorizadas.
  • Establecer definiciones, documentación y requisitos para la cremación de mascotas y la expedición del Permiso de Disposición Final conjunto.
  • Garantizar trazabilidad, salvaguardas sanitarias y un marco regulatorio claro para este procedimiento, con supervisión del Departamento de Salud y el Registro Demográfico.

Principales disposiciones y cambios propuestos

  1. Definiciones y marco regulatorio (Ley 258-2012, Ley de Servicios Funerarios)

    • Añade definiciones clave: “Cenizas de Mascotas Domésticas” y “Cofubicación” (deponen cenizas de mascotas junto a restos humanos).
    • Introduce el “Certificado de Cremación Animal” como documento oficial que certifica que la cremación fue realizada conforme a estándares y que las cenizas corresponden a la mascota identificada.
    • Establece criterios para la deposición conjunta de cenizas (co-ubicación) en cementerios, nichos, criptas o lotes, condicionada a la presentación del Certificado de Cremación de Mascota y permiso correspondiente.
  2. Permisos y trámite de disposición final (Ley de Servicios Funerarios)

    • El Director Funeral sigue siendo la figura responsable de gestionar permisos y trámites (defunción, enterramiento, cremación, traslado) ante el Registro Demográfico y Salud Ambiental.
    • Se autoriza la deposición conjunta de cenizas de mascotas cuando el custodio o persona autorizada lo solicite, previa voluntad escrita del difunto o del autorizado.
  3. Permisos de defunción y registro demográfico (Ley del Registro Demográfico)

    • Se crea una excepción que permite la co-ubicación de cenizas de mascotas junto a restos humanos, registrada y autorizada en el Permiso de Disposición Final.
    • El Encargado del Registro Demográfico podrá recibir la documentación de la mascota y hacer constar la autorización de co-ubicación en el Permiso de Disposición Final.
  4. Disposición de cenizas y requisitos operativos (Ley de Servicios Funerarios)

    • Las cenizas de mascotas podrán disponer en el mismo predio de los humanos, con urna o receptáculo separado.
    • Los centros de cremación deben emitir Certificado de Cremación Animal y mantener registros detallados (identificación de mascota, dueño, fecha, etc.).
  5. Obligaciones de las instalaciones de cremación de mascotas (Ley 258-2012)

    • Horno(s) exclusivos para mascotas y cumplimiento de requisitos de salubridad y trazabilidad.
    • Provisión de certificados y documentación para la deposición conjunta.
  6. Reglamentación y vigencia

    • El Departamento de Salud deberá establecer reglamentos en 90 días posteriores a la aprobación, apuntando a estándares sanitarios, procedimientos y licencias para operaciones de cremación y deposición conjunta.

Personas y entidades afectadas

  • Propietarios y cuidadores de mascotas que deseen la co-ubicación de cenizas con sus familiares humanos.
  • Centros de cremación de mascotas y funerarias autorizadas.
  • Cementerios, columbarios y cementerios que acepten deposiciones conjuntas.
  • Director Funeral, encargados de cementerios y personal de registros Demográfico y Salud Ambiental.
  • Restauraciones administrativas y sanitarias requeridas para cumplir con trazabilidad y documentación.

Aspectos procesales y temporales

  • Inicio de vigencia: la ley entraría en vigor inmediatamente después de su aprobación.
  • Reglamentación: el Departamento de Salud debe emitir reglamentos dentro de 90 días tras la aprobación.
  • Proceso de permisos: la co-ubicación requerirá permisos de disposición final expedidos por el Registro Demográfico y el cumplimiento de certificaciones de cremación.
  • Registro y trazabilidad: se deben mantener registros detallados y emitir certificados para cada cremación y co-ubicación.

Consideraciones clave

  • Enfoque humano y compasivo: reconoce el vínculo entre dueños y mascotas, buscando un marco regulatorio claro sin afectar la disposición final de restos humanos.
  • Salvaguardas sanitarias: el proyecto subraya la necesidad de controles de salud pública y trazabilidad para evitar riesgos.
  • Consistencia legal: armoniza leyes existentes para permitir una excepción específica, sin alterar la disposición general de restos humanos.

Si desea, puedo ampliar con un cuadro de comparación entre el estado actual y las implicaciones específicas de cada artículo, o convertir este resumen en una ficha para publicación legislativa.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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