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PC 494

Para enmendar las Secciones 1 y 3 de la Ley Núm. 2 del 17 de octubre de 1961, según enmendada, conocida como la “Ley de Procedimiento Sumario de Reclamaciones Laborales”, a los fines de aclarar la intención legislativa y política pública que rige el procedimiento sumario ante los Tribunales de Puerto Rico; aclarar y establecer que solamente podrán presentarse bajo este procedimiento las reclamaciones de salarios dejados de devengar, licencias adeudadas, bono de navidad, tiempo extra o cualquier otra compensación salarial adeudada al empleado, reclamaciones de despido injustificado al amparo de la Ley Núm. 80 del 30 de mayo de 1976, según enmendada; excluir del proceso sumario las reclamaciones de discrimen, represalia, daños, hostigamiento sexual, acoso laboral y cualquier otra reclamación laboral que no esté incluida en el listado previamente establecido; establecer las circunstancias en las que se puede conceder una prórroga; y establecer los procedimientos ante la presentación de una moción de desestimación.

2025-2028 Session

Limita el procedimiento sumario laboral a reclamos salariales y despidos injustificados, excluye discriminación, daños y acoso, para acelerar resoluciones.

Comisión no recomienda aprobación de la medida
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Bill Summary · PC 494

Resumen del Proyecto de Cámara PC 494

Título (resumido): Enmienda a las Secciones 1 y 3 de la Ley Núm. 2 (17 oct. 1961) — Ley de Procedimiento Sumario de Reclamaciones Laborales.
Objetivo general: Aclarar la intención legislativa y la política pública que rigen el procedimiento sumario ante los tribunales de Puerto Rico; delimitar qué reclamaciones laborales pueden tramitarse por el procedimiento sumario; excluir determinadas causas (discrimen, hostigamiento, daños, etc.); y regular prórrogas y el trámite de mociones de desestimación.

Propósito e intención

El proyecto busca restringir y precisar el uso del procedimiento sumario laboral para agilizar la resolución de ciertos reclamos claramente salariales o de despido injustificado, al tiempo que confirma que otras reclamaciones laborales (por ejemplo, discriminación, represalia, daños, hostigamiento sexual o laboral) quedan fuera del proceso sumario y deberán tramitarse por la vía ordinaria.

Disposiciones clave

  • Enmienda las Secciones 1 y 3 de la Ley Núm. 2 (Ley de Procedimiento Sumario de Reclamaciones Laborales).
  • Establece expresamente que por el procedimiento sumario solo podrán presentarse estas reclamaciones:
    • Salarios dejados de devengar.
    • Licencias adeudadas.
    • Bono de Navidad.
    • Tiempo extra.
    • Cualquier otra compensación salarial adeudada.
    • Reclamaciones por despido injustificado al amparo de la Ley Núm. 80 (30 may. 1976), según enmendada.
  • Excluye del proceso sumario:
    • Reclamaciones por discrimen y represalia.
    • Reclamaciones por daños (compensatorios o punitivos).
    • Hostigamiento sexual y acoso laboral.
    • Cualquier otra reclamación laboral que no esté enumerada como admisible.
  • Regula las circunstancias en que se puede conceder una prórroga (continuación) en el procedimiento sumario.
  • Establece procedimientos específicos ante la presentación de una moción de desestimación (plazos, requisitos procesales — el texto exacto procedimental no se detalla en el sumario disponible).

Quiénes se ven afectados

  • Empleados: quienes persiguen reclamaciones salariales o despido injustificado podrían beneficiarse de un proceso más rápido; quienes sufren discriminación, represalias, acoso o buscan daños deberán acudir a la vía ordinaria.
  • Empleadores y aseguradoras: mayor previsibilidad y posible agilización de litigios salariales; sin embargo, reclamos excluidos pueden resultar en procesos más largos y costosos.
  • Tribunales: modifica la carga y tipo de asuntos tramitados por la vía sumaria.

Estado y trámite legislativo

  • Radicado: 04-abr-2025
  • Primera lectura en Cámara: 07-abr-2025; referido a comisiones.
  • Informe de comisión (1er) con enmiendas rendido y entirillado: 25-jun-2025; aprobado con enmiendas; remitido al Calendario de Ordenes Especiales.
  • 18-ago-2025: 1er Informe retirado y proyecto devuelto a las comisiones (actualmente en comisión(es)).

Observaciones

  • El resumen legislativo disponible describe el alcance general pero no contiene el texto exacto de las reglas procesales (plazos concretos para prórrogas o respuesta a mociones de desestimación). Es posible que las enmiendas del informe de comisión incorporen cambios adicionales.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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