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PC 26

Para enmendar la Sección 4.3 del Artículo 4; la Sección 6.3 y la Sección 6.8 del Artículo 6; derogar el Artículo 13 y reenumerar los artículos 14 al 21 como los artículos 13 al 20, respetivamente, de la Ley 8-2017, según enmendada, conocida como “Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos del Gobierno de Puerto Rico”, de manera que se restituya a la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos del Gobierno de Puerto Rico (OATRH) la facultad de habilitar empleados para el servicio público; y para enmendar la Sección 3 de la Ley Núm. 15 de 14 de abril de 1931, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos de Puerto Rico”; así como los Artículos 2.044; 2.045; 2.048; 2.060; y 2.062 de la Ley Núm. 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de atemperar las citadas disposiciones a la restitución aquí ordenada; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Restablece a la OATRH la autoridad para habilitar empleados para el servicio público, armonizando Ley 8-2017, Ley 15 y el Código Municipal para unificar selección y certificación.

Ley 40-2025
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Bill Summary · PC 26

Resumen ejecutivo

PC 26 (convertido en Ley 40-2025) modifica varias disposiciones de la Ley 8-2017 —“Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos del Gobierno de Puerto Rico”—y de otras leyes relacionadas, con el propósito principal de restituir a la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos del Gobierno de Puerto Rico (OATRH) la facultad de “habilitar” empleados para el servicio público. También se ajustan normas de la Ley Orgánica del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (Ley Núm. 15 de 14 de abril de 1931) y del Código Municipal (Ley Núm. 107-2020) para armonizarlas con la restitución de dichas facultades.

Propósito principal

  • Restituir a la OATRH la facultad de habilitar empleados para el servicio público (es decir, la autoridad para establecer y ejecutar procedimientos de habilitación/selección, certificación y admisión al servicio público).
  • Alinear otras normas estatales (Departamento del Trabajo y el Código Municipal) con la restitución de esas funciones.

Disposiciones clave

  • Enmienda a la Ley 8-2017:
    • Se modifica la Sección 4.3 del Artículo 4 y las Secciones 6.3 y 6.8 del Artículo 6.
    • Se deroga el Artículo 13 y se reenumeran los Artículos 14–21 como Artículos 13–20, respectivamente.
    • Estas enmiendas devuelven a la OATRH competencias que habían sido trasladadas o limitadas por reformas previas.
  • Enmienda a la Ley Núm. 15 (Ley Orgánica del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos):
    • Se modifica la Sección 3 para adaptar competencias y relaciones institucionales con la OATRH tras la restitución.
  • Enmienda al Código Municipal (Ley Núm. 107-2020):
    • Se ajustan los Artículos 2.044; 2.045; 2.048; 2.060; y 2.062 para compatibilizar las reglas municipales de personal con la nueva (restaurada) autoridad de la OATRH.

Quiénes se ven afectados

  • OATRH: recuperación de facultades de habilitación y, por tanto, mayor competencia en asuntos de administración de personal del gobierno.
  • Empleados públicos (actuales y futuros): cambios en procedimientos de ingreso, certificación y potencialmente clasificación y escalafón según normas que la OATRH ejerza.
  • Departamentos y agencias del Ejecutivo: deberán ajustar procesos de reclutamiento, selección y nombramientos conforme a las reglas restablecidas por la OATRH.
  • Municipios: procedimientos y requisitos de personal municipal que dependían de la versión previa del Código Municipal se deberán alinear con la restitución.
  • Departamento del Trabajo y Recursos Humanos: coordinación administrativa y posible redistribución de funciones con la OATRH.

Cronología y estado legislativo

  • Radicado: 02 de enero de 2025
  • Cámara de Representantes: aprobado en votación final con enmiendas el 13 de marzo de 2025; remitido al Senado.
  • Senado: aprobado en votación final el 12 de junio de 2025; encomendado para enrolado.
  • Enviado a la Gobernadora: 30 de junio de 2025.
  • Convertido en Ley: Ley 40-2025, 8 de julio de 2025.

Impacto e implicaciones prácticas

  • Regulatorio/administrativo: centralización o reafirmación de normas de habilitación en la OATRH puede unificar criterios de selección y certificación para el servicio público; requerirá emisión o reactivación de reglamentos, procedimientos y guías por parte de la OATRH.
  • Operativo: agencias y municipios tendrán que revisar y adaptar sus procesos de recursos humanos para cumplir con las competencias restablecidas.
  • Presupuestario: el texto disponible no especifica estimación de costos; la implementación (actualización de sistemas, capacitación, procesos de certificación) podría implicar gastos administrados por las respectivas oficinas.

Observaciones finales

PC 26/ Ley 40-2025 restaura competencias institucionales relativas a la habilitación de empleados en la OATRH y armoniza otras leyes para evitar conflictos normativos. Para conocer el alcance específico de las funciones restituidas (definiciones de “habilitar”, procedimientos, plazos y reglas transitorias) y la fecha exacta de vigencia, conviene revisar el texto final de la Ley 40-2025 y sus reglamentos de implementación.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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