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PC 498

Para enmendar la Sección 1101.01, de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 con el fin de flexibilizar y agilizar la aprobación de solicitudes de exención contributiva de entidades sin fines de lucro a nivel estatal y las asociaciones de propietarios, atemperar dicho proceso con las disposiciones de la Sección 501(c)(3) del Código de Rentas Internas Federal; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Alinea y agiliza las exenciones contributivas estatales para ONGs y asociaciones de propietarios con la Sección 501(c)(3) federal, reduciendo trámites duplicados.

Ley 64-2025
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Bill Summary · PC 498

Resumen del Proyecto de Ley PC 498 — Ley 64-2025

Propósito principal

El proyecto PC 498 modifica la Sección 1101.01 de la Ley Núm. 1-2011 (Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendada) con el objetivo de flexibilizar y agilizar la aprobación de solicitudes de exención contributiva para entidades sin fines de lucro a nivel estatal y para asociaciones de propietarios. Además, busca armonizar el proceso administrativo estatal con las disposiciones de la Sección 501(c)(3) del Código de Rentas Internas federal.

Disposiciones clave

  • Enmienda de la Sección 1101.01 de la Ley Núm. 1-2011 para:
    • Adaptar criterios y procedimientos de evaluación de solicitudes de exención contributiva a estándares coherentes con la Sección 501(c)(3) del Código Federal.
    • Agilizar los trámites administrativos relacionados con la concesión de exenciones a organizaciones sin fines de lucro y asociaciones de propietarios.
    • Reducir trámites duplicativos entre el reconocimiento federal (501(c)(3)) y el reconocimiento estatal, en la medida en que el texto legal lo permita.
  • Lenguaje adicional de “y para otros fines relacionados” que autoriza ajustes procedimentales y de implementación necesarios para la coordinación entre normativa federal y estatal.
  • No se especifican en el texto público aquí cifras, plazos concretos ni mecanismos técnicos particulares; la norma general es la alineación y modernización del proceso.

Sujetos afectados

  • Entidades sin fines de lucro que soliciten exención contributiva ante el Departamento de Hacienda de Puerto Rico.
  • Asociaciones de propietarios que busquen el reconocimiento de exención contributiva a nivel estatal.
  • Departamento de Hacienda y oficinas administrativas encargadas de procesar, evaluar y aprobar exenciones contributivas.
  • Potencial impacto indirecto para la recaudación fiscal estatal y para terceros que interactúan con las entidades exentas.

Impacto esperado

  • Posible reducción del tiempo y la carga administrativa para organizaciones que ya tienen o buscan reconocimiento federal 501(c)(3), facilitando la obtención de la exención estatal.
  • Mayor coherencia entre los requisitos federal y estatal, lo que puede evitar rechazos o duplicidad de análisis.
  • Potencial disminución de ingresos tributarios estatales en la medida en que aumente el número de exenciones aprobadas; el texto disponible no incluye estimación fiscal ni montos.
  • Beneficio operativo para entidades comunitarias, filantrópicas y asociaciones de propietarios al simplificar acceso a exenciones.

Historia legislativa y estatus

  • Radicado: 04-abr-2025
  • Aprobado por la Cámara: 07-abr-2025 (votación final)
  • Aprobado por el Senado con enmiendas: 27-may-2025; cuerpo de origen concurre con enmiendas: 12-jun-2025
  • Firmado por los presidentes de ambas cámaras: Cámara 13-jun-2025; Senado 16-jun-2025
  • Enviado a la Gobernadora: 20-jun-2025
  • Promulgado como Ley 64-2025: 17-jul-2025

Nota: El resumen se basa en el título y las acciones legislativas disponibles; el texto completo de la ley contiene el lenguaje detallado de las enmiendas y los mecanismos específicos de implementación. Para análisis fiscal o interpretaciones administrativas concretas conviene revisar el texto final de Ley 64-2025 y reglamentación aplicable.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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