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PS 320

Para enmendar la Sección 1033.11 de la Ley 1-2011, según enmendada y conocida como el “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011” a los fines de aumentar la cantidad de meses que un patrono deberá emplear a una persona severamente impedida para poder beneficiarse de la deducción para patronos dispuesta en el Código de Rentas de Puerto Rico, así como para aumentar la cantidad máxima de personas que pueden contratar en virtud de esta Sección; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Enmienda 1033.11 para ampliar meses mínimos de empleo y el cupo de trabajadores severamente impedidos que un patrono puede deducir, fortaleciendo la inclusión laboral.

Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
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Bill Summary · PS 320

Resumen del Proyecto de Ley PS 320

Título: Para enmendar la Sección 1033.11 de la Ley 1-2011 (Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011) a los fines de aumentar la cantidad de meses que un patrono deberá emplear a una persona severamente impedida para poder beneficiarse de la deducción para patronos dispuesta en el Código, así como para aumentar la cantidad máxima de personas que pueden contratar en virtud de esta Sección; y para otros fines relacionados.
Número: PS 320
Fecha de radicación: 11-feb-2025
Estatus: Aprobado por el Senado; remitido a la Cámara (primera lectura en Cámara 15-may-2025; referido a comisión)

Propósito principal

Modificar la Sección 1033.11 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico (Ley 1-2011) para:
- Extender el período mínimo de empleo que un patrono debe mantener con una persona severamente impedida para calificar a la deducción fiscal establecida en esa sección.
- Incrementar el número máximo de personas severamente impedidas que un patrono puede contratar y reclamar bajo esa deducción.

El objetivo general es ampliar y fortalecer el incentivo fiscal para que los empleadores contraten y mantengan en el empleo a personas con discapacidades severas.

Disposiciones clave (según descripción disponible)

  • Aumenta la cantidad de meses de empleo requeridos para que el patrono sea elegible a la deducción fiscal prevista en la Sección 1033.11.
  • Eleva el tope máximo de empleados severamente impedidos que un patrono puede tener contratados para efectos de dicha deducción.
  • Mantiene la estructura de incentivo fiscal existente, pero con requisitos temporales y límites de alcance más amplios.

Nota: El texto provisto no incluye cifras concretas (número exacto de meses ni la nueva cantidad máxima de personas). Para detalles numéricos y la redacción exacta de las enmiendas conviene consultar el texto completo del proyecto.

Quiénes se verán afectados

  • Empleadores en Puerto Rico que actualmente o potencialmente contraten personas calificadas como “severamente impedidas” bajo la Sección 1033.11.
  • Personas severamente impedidas que busquen empleo, al aumentar potencialmente las oportunidades y estabilidad laboral.
  • Departamento de Hacienda / Tesorería de Puerto Rico, por posibles efectos en la recaudación fiscal (menores ingresos fiscales derivados del mayor uso de la deducción).

Impactos previstos

  • Incentivo para contratación sostenida de personas con discapacidades severas, lo que podría aumentar la inclusión laboral.
  • Potencial reducción de ingresos fiscales a corto/medio plazo debido al incremento en la cantidad y duración de deducciones reclamables.
  • Necesidad de mayor fiscalización y verificación administrativa para asegurar cumplimiento de los nuevos requisitos temporales y límites.

Trámite y calendario legislativo (resumen)

  • 11-feb-2025: Radicado.
  • 13-feb-2025: Primera lectura en el Senado; referido a comisiones.
  • 10-abr-2025: Primer informe de comisión con enmiendas; remitido a Reglas y Calendario.
  • 28-abr-2025: Aprobado por el Senado (en sala y con enmiendas); texto final enviado a la Cámara.
  • 15-may-2025: Aparece en primera lectura de la Cámara; referido a comisión(es).

Observaciones y siguientes pasos

  • El resumen no incluye los valores numéricos exactos porque el texto proporcionado no los contiene. Revisar el texto del proyecto o el informe de comisión para conocer los meses y los límites exactos propuestos.
  • Si se aprueba en la Cámara con cambios, habrá que seguir su nuevo trámite y posibilidad de reconciliación entre ambas cámaras.
  • Recomendada evaluación fiscal por parte de Hacienda u oficina presupuestaria para estimar el impacto en recaudos y en programas de empleo para personas con discapacidad.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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