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PS 1135

Para enmendar la Ley Núm. 66 de 17 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica de la Administración de Vivienda Pública de Puerto Rico”, a los fines de añadir un nuevo Artículo 13-A que establezca la primacía de acomodo en el primer piso de residenciales públicos de propiedad horizontal para familias con personas mayores de 65 años o con residentes encamados, con el propósito de garantizar accesibilidad y seguridad; disponer criterios de prioridad y mecanismos de implementación; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Priorizar la asignación de unidades en la planta baja de residenciales públicos para adultos mayores y residentes encamados, para mejorar accesibilidad y seguridad.

Comisión no recomienda aprobación de la medida
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Bill Summary · PS 1135

Resumen informativo de la Propuesta del Senado 1135 (PS 1135), sesión 2025-2028, Puerto Rico

Propósito e intención

  • PS 1135 propone enmendar la Ley Núm. 66 de 17 de agosto de 1989 (conocida como la Ley Orgánica de la Administración de Vivienda Pública de Puerto Rico) para crear un nuevo Artículo 13-A.
  • El objetivo es establecer la primacía de acomodar en el primer piso de residenciales públicos de propiedad horizontal a familias con:
    • personas mayores de 65 años, o
    • residentes encamados.
  • Se busca garantizar accesibilidad y seguridad, con criterios de prioridad y mecanismos de implementación, y otros fines relacionados.

Principales cambios propuestos

  • Inserción de un nuevo Artículo 13-A en la Ley de la Administración de Vivienda Pública (Ley Núm. 66-1989).
  • Establecimiento de una prioridad específica para la asignación de unidades en los primeros pisos (planta baja) de residenciales públicos de propiedad horizontal.
  • Enfoque en familias con:
    • adultos mayores (65 años o más) y/o
    • residentes encamados, para mejorar accesibilidad, respuesta a emergencias médicas y seguridad.
  • Descripción de criterios de prioridad para asignación y mecanismos de implementación.
  • Alineación con normativa y reglamentos federales aplicables (HUD/ADA) respecto a accesibilidad y procesos de asignación.

Impacto previsto y afectados

  • Afecta principalmente a:
    • la Administración de Vivienda Pública (AVP), como agencia responsable de la administración de programas de vivienda pública en Puerto Rico.
    • las residencias públicas administradas bajo AVP, especialmente edificios de propiedad horizontal con múltiples unidades.
    • comunidades residentes en residenciales públicos que agrupan familias con adultos mayores o personas encamadas.
  • Busca mejorar la accesibilidad y la seguridad para poblaciones vulnerables, reduciendo riesgos en escaleras, emergencias y movilidad dentro de la vivienda.
  • El análisis indica que, sin la prioridad, podrían ocurrir situaciones de dificultad de acceso y mayor vulnerabilidad para adultos mayores y personas con necesidades de cuidado encamado.

Procedimiento y consideraciones administrativas

  • La AVP opera bajo reglamentos federales de HUD y el ACoP (Administrative Condcut Policy) 9667, que rigen selección y ocupación continuada de viviendas públicas.
  • Cualquier modificación debe ser coherente con ADA y FI/FA (normativas de accesibilidad y no discriminación).
  • El comité de Vivienda y Bienestar Social del Senado solicitó evaluaciones de varias entidades (Departamento de la Familia, AARP Puerto Rico, DPI, OPPEA, HUD, AVP) para sustentar el impacto y la viabilidad, pero la presentación favoreció que la AVP y el Departamento de la Familia aportaran la información principal.
  • El Informe Negativo del Comité indica preocupaciones por impacto económico en las finanzas del Gobierno de Puerto Rico y por posibles conflictos con la estructura regulatoria y reglamentaria vigente. Se recomienda no aprobar la medida en su forma actual.

Cronograma y estado Procesal

  • Marzo de 2026: PS 1135 pasa a Primera Lectura en el Senado y es referida a la Comisión de Vivienda y Bienestar Social.
  • Abril de 2026: la Comisión emite Informe Negativo, recomendando no aprobar la medida.
  • Participaron principalmente AVP y el Departamento de la Familia; otras agencias expresaron observaciones, y el informe concluye con la posición de no aprobación.

Puntos clave para lectores

  • ¿Qué cambia? Creación de un Artículo 13-A para priorizar primeros pisos en residenciales públicos para adultos mayores y residentes encamados.
  • ¿Qué busca lograr? Mayor accesibilidad, seguridad y reducción de riesgos para población vulnerable en viviendas públicas.
  • ¿Qué resistencias existen? Preocupaciones de impacto fiscal, cumplimiento regulatorio y coordinación interinstitucional; la AVP argumenta adherencia a reglamentos federales y necesidad de planificación presupuestaria.
  • ¿Qué sigue? Con base en el Informe Negativo, el proyecto no ha sido recomendado para aprobación por la Comisión de Vivienda y Bienestar Social del Senado, y podría enfrentar modificaciones o archivarse.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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