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PS 1229

Para enmendar la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como el “Código de Incentivos de Puerto Rico”, y la Ley 39-2006, según enmendada, conocida como la “Carta de Derechos y Deberes del Agricultor”, a los fines de aclarar, fortalecer y uniformar la elegibilidad de los pescadores comerciales a la certificación de Agricultor Bona Fide y a los incentivos y beneficios aplicables; disponer criterios específicos para la evaluación de ingresos en casos de solicitantes casados; establecer parámetros sobre la consideración del ingreso del cónyuge cuando éste no participe en la operación pesquera; ordenar al Departamento de Agricultura la revisión de formularios, criterios y reglamentación aplicables a pescadores comerciales; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Clarifica y unifica la elegibilidad de pescadores para ser Agricultor Bona Fide y recibir incentivos, incluyendo cómo se evalúa el ingreso del cónyuge.

Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PS 1229

Summary of Bill PS 1229 (Session 2025-2028) – Puerto Rico

Title

Para enmendar la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como el “Código de Incentivos de Puerto Rico”, y la Ley 39-2006, según enmendada, conocida como la “Carta de Derechos y Deberes del Agricultor”, a los fines de aclarar, fortalecer y uniformar la elegibilidad de los pescadores comerciales a la certificación de Agricultor Bona Fide y a los incentivos y beneficios aplicables; disponer criterios específicos para la evaluación de ingresos en casos de solicitantes casados; establecer parámetros sobre la consideración del ingreso del cónyuge cuando éste no participe en la operación pesquera; ordenar al Departamento de Agricultura la revisión de formularios, criterios y reglamentación aplicables a pescadores comerciales; y para otros fines relacionados.

Propósito e intención

  • Aclarar, fortalecer y uniformar la elegibilidad de los pescadores comerciales para:
    • Certificación como Agricultor Bona Fide.
    • Acceso a incentivos y beneficios establecidos en las leyes mencionadas (Código de Incentivos y Carta de Derechos y Deberes del Agricultor).
  • Estandarizar la evaluación de ingresos de solicitantes casados y definir cuándo se debe considerar el ingreso del cónyuge.
  • Ordenar al Departamento de Agricultura (presumiblemente Departamento de Agricultura de Puerto Rico) que revise y actualice formularios, criterios y reglamentación aplicables a pescadores comerciales.
  • Alinearse con una política más clara y coherente respecto a la elegibilidad y el tratamiento de ingresos para pescadores comerciales.

Provisiones clave (resumen de cambios propuestos)

  • Elegibilidad de pescadores comerciales como Agricultor Bona Fide:
    • Clarificación de criterios para certificación, buscando coherencia con otros agricultores beneficiarios de incentivos.
    • Posible revisión de requisitos de operación, ingresos y actividades para calificar como agricultor bona fide en el contexto pesquero.
  • Incentivos y beneficios:
    • Uniformar la aplicación de incentivos y beneficios entre pescadores certificados y otros agricultores que participan en el programa.
  • Evaluación de ingresos en casos de solicitantes casados:
    • Establecer criterios específicos para determinar el ingreso total que se toma en cuenta al evaluar la elegibilidad.
    • Definir qué se considera ingreso del cónyuge y en qué circunstancias se debe incluir o excluir.
  • Ingreso del cónyuge cuando éste no participa en la operación pesquera:
    • Parámetros para decidir si y cómo se considera el ingreso del cónyuge que no participa directamente en la actividad pesquera.
  • Revisión y actualización por el Departamento de Agricultura:
    • Ordena la revisión de formularios, criterios y reglamentación aplicables a pescadores comerciales.
    • Posible actualización de procedimientos administrativos para alinear las prácticas con las nuevas reglas.

¿A quiénes afecta?

  • Pescadores comerciales que buscan certificación de Agricultor Bona Fide.
  • Solicitantes casados que aplican a incentivos y beneficios bajo el Código de Incentivos y la Carta de Derechos y Deberes del Agricultor.
  • El Departamento de Agricultura de Puerto Rico, que tendría la responsabilidad de revisar y actualizar formularios y reglamentación.
  • Otros actores del sector pesquero y agrícola que se vean impactados por cambios en la elegibilidad y en la distribución de incentivos.

Aspectos procesales y temporales

  • Acción histórica: Radicado el 5 de mayo de 2026.
  • El texto sugiere un proceso de revisión normativa por parte del Departamento de Agricultura, con posibles fechas de implementación tras aprobación legislativa.
  • Como enmienda de leyes existentes (Ley 60-2019 y Ley 39-2006), el ajuste requeriría votación y eventual promulgación para entrar en vigor, con posibles reglamentaciones de desarrollo para detallar criterios y formularios.

Observaciones para lectores

  • El proyecto busca eliminar ambigüedades en la elegibilidad de pescadores como Agricultor Bona Fide y garantizar trato coherente respecto a ingresos conyugales en aplicación de incentivos.
  • Importante revisar el texto completo del proyecto para identificar criterios específicos de ingresos, definiciones de “participación” en la operación pesquera y las modificaciones exactas a formularios y reglamentación.
  • La implementación dependerá de aprobación legislativa y de la adopción de reglamentos por parte del Departamento de Agricultura.

Si desea, puedo adaptar este resumen a un formato para un informe oficial, incluir posibles impactos fiscales o análisis comparativo con medidas similares en otros estados/territorios, o destacar secciones específicas del texto a medida que se publique el articulado completo.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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