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PC 1164

Para enmendar la Ley 121‑2019, según enmendada, conocida como la “Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a Favor de los Adultos Mayores”, a los fines de establecer el derecho a la igualdad en el acceso a servicios y tecnologías; para establecer las responsabilidades de las agencias estatales; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Establecer el derecho a la igualdad en el acceso a servicios y tecnologías para adultos mayores, y exigir a agencias que ofrezcan opciones no digitales y orientación adecuada.

Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PC 1164

Summary of Bill PC 1164 (Session 2025-2028, Puerto Rico)

Title: Para enmendar la Ley 121-2019, según enmendada, conocida como la “Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a Favor de los Adultos Mayores”, a los fines de establecer el derecho a la igualdad en el acceso a servicios y tecnologías; para establecer las responsabilidades de las agencias estatales; y para otros fines relacionados

Status y antecedentes
- Presentado: 24 de febrero de 2026 por el representante Sanabria Colón
- Comisión: Adultos Mayores y Bienestar Social
- Proceso reciente: Vista pública (14 de abril de 2026); Informe de la comisión con enmiendas (23 de abril de 2026); Remitido a Comisión de Calendarios (23 de abril de 2026)
- Propósito: Enmendar la Ley 121-2019 para explicitamente consagrar el derecho a la igualdad en el acceso a servicios y tecnologías, y para delinear responsabilidades de agencias estatales respecto a la inclusión digital de los adultos mayores.

1) Propósito e intención principal
- Reforzar la protección de derechos de los adultos mayores (definidos como personas de 60 años o más) ante la creciente digitalización de servicios públicos y privados.
- Establecer la igualdad de acceso a servicios y tecnologías, evitando discriminación por desconocimiento digital, limitaciones en uso de herramientas tecnológicas o falta de recursos tecnológicos.
- Asegurar que las agencias gubernamentales y entidades privadas que ofrecen servicios a adultos mayores proporcionen información clara y opciones no exclusivamente electrónicas para trámites esenciales.

2) Provisions y cambios clave propuestos
- Declaración de política pública actualizada:
- Reconocer a los adultos mayores como un activo para Puerto Rico y promover su participación e integración social.
- Garantizar condiciones para el bienestar, protección y desarrollo de los adultos mayores a partir de los 60 años.
- Promover la inclusión digital y la accesibilidad tecnológica para esta población.
- Igualdad en el acceso a servicios y tecnologías:
- Derecho a recibir servicios públicos y privados esenciales sin discriminación ni negación por desconocimiento digital o falta de recursos.
- Derecho a recibir orientación y asistencia adecuada para procesos que utilicen medios electrónicos o plataformas digitales.
- Obligación para agencias y entidades gubernamentales y municipales de proveer información y materiales educativos comprensibles sobre plataformas tecnológicas, así como métodos alternos para trámites que no dependan exclusivamente de medios electrónicos.
- Protección contra discriminación o exclusión por no tener acceso a internet, dispositivos o herramientas digitales necesarias.
- Alineación y compatibilidad:
- La política se interpretará de forma complementaria con la Ley Anti Discrimen Cibernético (Ley 20-2024) para evitar duplicidad normativa y fortalecer la protección contra discriminación en entornos digitales.

3) Quiénes / qué se vería afectado
- Trabajadores y dependencias de agencias gubernamentales estatales, instrumentales y municipios, que ofrecen servicios a adultos mayores.
- Proveedores de servicios públicos y privados dirigidos a adultos mayores.
- Adultos mayores (60+), como grupo protegido con derechos de igualdad de acceso y asistencia.
- Posibles interacciones con entidades privadas que ofrecen servicios esenciales a esta población.

4) Aspectos procesales y cronología
- Enmienda propuesta al Artículo 2 (Carta de Derechos) y Artículo 4 de la Ley 121-2019 (con referencias para incorporar el nuevo derecho de igualdad en acceso y tecnologías).
- Plantea introducir derechos específicos bajo la letra J (igualdad en el acceso a servicios y tecnologías) y relaciones con políticas especiales en Artículo 6.1.
- El proceso legislativo actual incluye realización de vista pública, análisis en comisión, y preparación de informe con enmiendas para su posible adopción.

Impacto esperado
- Mayor claridad y garantía de derechos para adultos mayores frente a la expansión de servicios en plataformas digitales.
- Reducción de barreras de acceso a trámites esenciales y beneficios, mediante información accesible y opciones no digitales.
- Alineación con leyes existentes (como la Ley Anti Discrimen Cibernético) para una protección integral en entornos digitales.
- Potencial incremento en demanda de servicios de orientación, asistencia técnica y materiales educativos adaptados a personas mayores.

Notas
- Texto completo de la iniciativa contiene secciones modificadas del Artículo 4 y referencias en Artículo 2, con lenguaje orientado a establecer derechos y responsabilidades instrumentales para garantizar la equidad digital.

Si desea, puedo desglosar las enmiendas propuestas artículo por artículo o preparar un glosario de términos clave para lectura rápida.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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