Resumen del Proyecto PS 158
Título (resumido): Enmienda al Art. 2.04(b)(35) de la Ley 85-2018 para establecer en el Departamento de Educación un currículo de enseñanza de inteligencia emocional.
Estado: Derrotado a viva voz (10/01/2025)
Radicado: 02/01/2025
Clasificación: Proyecto de Ley
Propósito e intención
El proyecto PS 158 proponía modificar el subinciso (35) del inciso (b) del Artículo 2.04 de la Ley 85-2018 (Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico) con el objetivo de establecer, dentro del Departamento de Educación de Puerto Rico (DE), un currículo formal para la enseñanza de la inteligencia emocional. La finalidad declarada era incorporar educación socioemocional en la oferta curricular oficial del sistema público.
Principales disposiciones (según título)
- Enmienda normativa: Cambiar el texto del subinciso (35) del Art. 2.04(b) para incluir la obligación del DE de proveer un currículo de inteligencia emocional.
- Ámbito institucional: Asignación de la responsabilidad al Departamento de Educación para diseñar, implementar y supervisar dicho currículo.
- Propósito general: Formalizar la enseñanza de competencias socioemocionales (autoconciencia, autorregulación, habilidades sociales, etc.) dentro de las escuelas públicas.
Nota: El texto completo del proyecto no se incluye en la versión provista; por tanto, no están disponibles detalles concretos sobre grados/cursos afectados, calendario de implantación, mecanismos de evaluación, requisitos de formación docente o fuentes de financiamiento.
Quiénes se verían afectados
- Alumnos del sistema público: Potencial inclusión de contenidos de inteligencia emocional en su currículo.
- Docentes y personal escolar: Nueva responsabilidad de impartir contenidos y, posiblemente, necesidad de capacitación.
- Departamento de Educación: Encargado del diseño curricular, implementación, supervisión y evaluaciones relacionadas.
- Familias y comunidad escolar: Impacto indirecto a través de cambios en la formación socioemocional de estudiantes.
Impacto previsto (general)
Si se hubiera aprobado, el proyecto probablemente habría requerido:
- Desarrollo curricular y materiales didácticos.
- Programas de formación profesional para docentes.
- Supervisión y evaluación de implementación en escuelas.
- Recursos presupuestarios para diseño, capacitación y materiales (no especificados en el expediente disponible).
Trámite legislativo y cronología
- 02/01/2025 — Radicado.
- 16/01/2025 — Aparece en Primera Lectura del Senado; referido a comisión(es).
- 08/05/2025 — 1er Informe de Comisión rendido con enmiendas; entirillado del informe; remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado.
- 01/10/2025 — Aparece en el Calendario de Órdenes Especiales del Senado.
- 01/10/2025 — Derrotado a viva voz (no fue aprobado).
Situación legal final
El proyecto fue derrotado en votación por voz el 1 de octubre de 2025; por tanto, no entró en vigor ni modificó la Ley 85-2018. Cualquier iniciativa similar requeriría un nuevo proyecto o la reintroducción de este texto con modificaciones y la aprobación posterior por el Poder Legislativo.
Si desea, puedo:
- Buscar y resumir el texto completo del proyecto (si está disponible) para dar detalles exactos sobre obligaciones, edades/grados afectados, plazos y financiamiento.
- Comparar este proyecto con otras iniciativas de educación socioemocional en Puerto Rico u otras jurisdicciones.