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PC 383

Para enmendar el inciso (i) del Artículo 5 de la Ley Núm. 206-2004, según enmendada, conocida como “Ley para crear el Instituto de Capacitación y Desarrollo del Pensamiento Jurídico del Departamento de Justicia”, con el fin de implementar la coordinación entre la Academia de Fiscales, el Negociado de la Policía de Puerto Rico y el Instituto de Ciencias Forenses enfocada en el adiestramiento y manejo de escenas del crimen, crímenes violentos, masacres, asesinatos por acecho, intrafamiliares, contra adultos mayores, que involucren menores de edad, así como aquellos productos de la incesante espiral de violencia doméstica; y para otros fines relacionados

2025-2028 Session

Establece coordinación interagencial entre la Academia de Fiscales, el Negociado de Policía y el Instituto de Ciencias Forenses para adiestramiento y manejo de escenas de crímenes

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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PC 383

Resumen del Proyecto de Ley PC 383

Propósito principal

El Proyecto PC 383 propone enmendar el inciso (i) del Artículo 5 de la Ley Núm. 206-2004, según enmendada —conocida como “Ley para crear el Instituto de Capacitación y Desarrollo del Pensamiento Jurídico del Departamento de Justicia”— con la finalidad de establecer e impulsar la coordinación formal entre la Academia de Fiscales, el Negociado de la Policía de Puerto Rico y el Instituto de Ciencias Forenses. Dicha coordinación se enfocaría en el adiestramiento y manejo de escenas del crimen relacionadas con crímenes violentos, entre ellos masacres, asesinatos por acecho (stalking), violencia intrafamiliar, delitos contra adultos mayores, hechos que involucren menores de edad y otros productos de la violencia doméstica.

Disposiciones clave (según el título del proyecto)

  • Modifica el inciso (i) del Artículo 5 de la Ley Núm. 206‑2004 para incorporar una obligación o facultad de coordinación interagencial entre:
    • Academia de Fiscales (Departamento de Justicia),
    • Negociado de la Policía de Puerto Rico, y
    • Instituto de Ciencias Forenses.
  • Centra las actividades de coordinación en programas de adiestramiento, protocolos y manejo de escenas del crimen en casos de:
    • masacres y eventos con múltiples víctimas,
    • asesinatos por acecho,
    • violencia intrafamiliar y doméstica,
    • delitos que afecten a adultos mayores,
    • delitos que involucren a menores de edad,
    • otros incidentes derivados de la espiral de violencia doméstica.
  • Incluye la frase “y para otros fines relacionados”, lo que permite alcance adicional a medidas complementarias (p. ej., desarrollo curricular, ejercicios conjuntos, protocolos técnicos o de investigación).

Nota: El texto completo de la enmienda no fue suministrado; el resumen se basa en el objeto y alcance expresados en el título del proyecto.

Quiénes se verían afectados

  • Instituciones públicas: Academia de Fiscales, Negociado de la Policía, Instituto de Ciencias Forenses y el Departamento de Justicia.
  • Personal operativo: fiscales, investigadores policiales, peritos forenses y formadores/entrenadores.
  • Víctimas y comunidades: potencial mejora en la respuesta y manejo técnico de escenas del crimen y la protección de víctimas, en especial víctimas de violencia doméstica, menores y adultos mayores.
  • Sistema judicial y de investigación criminal: estandarización de prácticas, evidencia mejor preservada y procesos investigativos más coordinados.

Impacto y consideraciones prácticas

  • Beneficios esperados: mayor coordinación interagencial, capacitación especializada, protocolos armonizados para manejo de escenas complejas y potencial mejora en la calidad de la investigación y la presentación de pruebas.
  • Consideraciones de implementación: requerirá acuerdos operativos (MOU), definición de responsabilidades, recursos para capacitación (fondos, instructores, instalaciones) y posibles adaptaciones legislativas o reglamentarias para efectos administrativos.
  • Riesgos o desafíos: necesidad de financiamiento sostenido, coordinación logística entre agencias y protección de la cadena de custodia y derechos procesales en investigaciones sensibles.

Estado legislativo y cronograma relevante

  • Radicado: 05-mar-2025.
  • Cámara de Representantes:
    • Primera lectura y referido a comisión: 10-mar-2025.
    • Reunión ejecutiva oficina de comisión: 20-oct-2025.
    • 1er informe de comisión con enmiendas: 21-oct-2025 (entirillado y remitido a Comisión de Calendarios).
    • Aprobado en Cámara con enmiendas (incluyendo enmiendas del informe) y en sala: 12‑nov‑2025.
    • Texto de aprobación final enviado al Senado: 12‑nov‑2025.
  • Senado:
    • Apareció en Primera Lectura: 13‑nov‑2025.
    • Referido a comisión(es): 13‑nov‑2025.
  • Clasificación: proyecto de ley (bill).

Próximos pasos: revisión y consideración en comisión(es) del Senado, posibles audiencias públicas o enmiendas adicionales, y votación en el Senado.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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