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PS 1257
Para enmendar el inciso (g) de la Sección 1022.03 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”, a los fines de aclarar que la Contribución Mínima Tentativa no se aplicará a las Corporaciones y Entidades sin Fines de Lucro; y para otros fines relacionados.
La ley pretende excluir expresamente a Corporaciones y Entidades sin Fines de Lucro de la Contribución Mínima Tentativa para eliminar su obligación fiscal.