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PS 1382

Para enmendar el inciso (b) de la Sección 4030.28 del Capítulo 3 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como el “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”, a los fines de incluir los alimentos de mascotas como parte de los artículos exentos del pago del Impuesto Sobre Ventas y Usos (“IVU”) durante el fin de semana de ventas de preparación para la temporada de huracanes; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Se amplía la exención del IVU durante el fin de semana de preparación para huracanes para incluir alimentos no perecederos para mascotas.

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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PS 1382

Resumen del Proyecto de Ley PS 1382 (Sesión 2025-2028, Puerto Rico)

Propósito principal

Enmendar el inciso (b) de la Sección 4030.28 del Capítulo 3 de la Ley 1-2011 (Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011) con el fin de incluir los alimentos para mascotas entre los artículos exentos del pago del Impuesto sobre Ventas y Usos (IVU) durante el fin de semana de ventas de preparación para la temporada de huracanes.

Provisión clave y cambios propuestos

  • Se actualiza la lista de artículos de preparación para huracanes exentos de IVU para que incluya:
    • Alimentos no perecederos, incluyendo aquellos para mascotas
  • El marco existente ya exenta un fin de semana específico (el último fin de semana de mayo) para la venta de artículos y equipo de preparación para huracanes sin IVU, y esta enmienda amplía esa exención para abarcar alimentos de mascotas dentro de la categoría de “artículos de preparación”.
  • La definición de “artículos de preparación” permanece en gran medida como la contenida en la ley, con el Secretario autorizado a establecer el alcance mediante reglamentos u otros documentos oficiales.
  • El texto especifica que el listado de artículos de preparación se detalla y puede ser ampliado por reglamento, pero ya incorpora explícitamente (G) “Alimentos no perecederos, incluyendo aquel para mascotas”.

Quiénes serían afectados

  • Contribuyentes y comerciantes minoristas en Puerto Rico que participan en las ventas de preparación para huracanes durante el fin de semana designado.
  • Propietarios de mascotas y hogares con mascotas que compran alimentos no perecederos para mascotas durante ese periodo de exención de IVU.
  • El erario público, en término de recaudación de IVU, que vería un coste fiscal asociado a la exención.

Aspectos temporales y de implementación

  • Vigencia: la ley entraría en vigor “inmediatamente después de su aprobación” (a ser designada como Ley en cuanto se promulgue).
  • Alcance temporal de la exención ya existente (fin de semana de mayo) se mantiene, con la enmienda para incorporar mascotas en esa exención de IVA durante ese periodo de ventas de preparación.

Observaciones y consideraciones

  • La enmienda busca reconocer la importancia de la seguridad y el bienestar de las mascotas durante emergencias y desastres naturales, alineándose con una visión más amplia de protección y preparación familiar.
  • Al ampliar la exención de IVU para incluir alimentos de mascotas, podría haber impactos fiscales anuales menores según el volumen de ventas de estos productos durante el fin de semana de preparación para huracanes.
  • El alcance exacto de “artículos de preparación” sigue dependiendo de posibles reglamentos del Secretario, lo que podría ampliar o restringir componentes de la lista post-aprobación.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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