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PC 599

Para enmendar el inciso (b) 1 a la Sección 207 de la Ley Núm. 62 de 23 de junio de 1969, según enmendada, conocida como "Código Militar de Puerto Rico", a los fines de facultar al Gobernador o Gobernadora a ordenar la utilización de equipo, activos y personal de la Guardia Nacional de Puerto Rico a dar poyo a oficiales del orden público en funciones dirigidas a seguridad preventiva en áreas de alta incidencia criminal; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Autoriza al Gobernador a movilizar equipo, activos y personal de la GNPR para apoyar la seguridad preventiva de oficiales en zonas de alta incidencia criminal.

Retirada por su Autor
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Bill Summary · PC 599

Resumen del Proyecto de Ley PC 599

Un resumen claro de la finalidad, cambios propuestos y el estado legislativo.

Visión general

El Proyecto de Ley PC 599 propone enmendar el inciso (b)(1) de la Sección 207 de la Ley Núm. 62 de 23 de junio de 1969, conocida como el Código Militar de Puerto Rico. El objetivo es facultar al Gobernador o Gobernadora para ordenar la utilización de equipo, activos y personal de la Guardia Nacional de Puerto Rico (GNPR) para dar apoyo a oficiales del orden público en funciones relacionadas con la seguridad preventiva en áreas de alta incidencia criminal. En términos simples: ampliar la capacidad de la GNPR para apoyar operaciones de seguridad pública en zonas con mayor criminalidad, cuando sea necesario.

Provisiones clave y cambios propuestos

  • Modificación de la Sección 207(b)(1) de la Ley Núm. 62-1969 (Código Militar de Puerto Rico).
  • Autoridad para que el Gobernador o Gobernadora ordene la utilización de:
    • Equipo de la GNPR
    • Activos de la GNPR
    • Personal de la GNPR
  • Propósito específico: apoyar a oficiales del orden público en funciones de seguridad preventiva en áreas de alta incidencia criminal.
  • Alcance adicional: “y para otros fines relacionados” (parámetros y usos adicionales no detallados en el texto disponible).

A quiénes o qué afecta

  • Guardia Nacional de Puerto Rico: posibilidad de activación de equipo, activos y personal para apoyo operativo.
  • Oficiales del orden público (policía y otras agencias de seguridad): mayor capacidad de apoyo en operaciones de seguridad preventiva.
  • Pueblo en áreas de alta incidencia criminal: potencial aumento de presencia y operaciones de seguridad en dichas zonas.
  • Gobierno de Puerto Rico: centralidad de la autoridad ejecutiva para coordinar la respuesta.

Proceso y cronología legislativa (hasta la retirada)

  • 2025-05-05: Radicado (presentado).
  • 2025-05-08: Aparece en Primera Lectura de la Cámara; Referido a Comisiones.
  • 2025-05-29: Retirada por su Autor (el legislador retiró el proyecto; ya no avanza en el proceso).
  • Clasificación: proyecto de ley vigente en la etapa de consideración, pero actualmente retirado por su autor y no en curso de aprobación.

Impacto potencial y consideraciones

  • Autoridad ejecutiva ampliada para usar la GNPR en seguridad pública: podría mejorar capacidad operativa en zonas con alto crimen, especialmente en situaciones de seguridad preventiva.
  • Cuestiones de autoridad, supervisión y límites: la propuesta no especifica criterios de activación, duración, supervisión, salvaguardias civiles o financiamiento; estos aspectos serían decisivos si el proyecto se reintrodujera.
  • Controversias y preocupaciones: balance entre seguridad pública y libertades civiles, y la necesidad de transparencia y rendición de cuentas.

Nota final

Con la retirada por su autor, PC 599 no avanza en la legislatura actual. Si se reintroduce, se esperarían detalles adicionales sobre criterios de activación, supervisión, financiamiento y mecanismos de supervisión.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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