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PC 1297

Para enmendar el inciso (a) del Artículo 1 de la Ley Núm. 18 de 30 de octubre de 1975, según enmendada, mejor conocida como “Ley de Registros de Contratos”, a los fines de ordenar a la Oficina del Contralor de Puerto Rico crear, administrar y mantener un Registro Digital Centralizado de Contratos, mediante una plataforma electrónica uniforme, en la cual todos los departamentos, agencias, instrumentalidades y municipios del Gobierno de Puerto Rico deberán registrar, someter y formalizar sus contratos; añadir al referido Artículo 1 un nuevo inciso (f) a los fines de establecer que una vez quede perfeccionado el contrato entre las partes, el Registro Digital Centralizado de Contratos de la Oficina del Contralor, emitirá una alerta al Departamento de Hacienda para que queden identificadas y aseguradas las partidas presupuestarias pactadas en el referido contrato y facultar a la Oficina del Contralor a establecer acuerdos, de ser necesarios, con la Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS) para la ejecución de esta alerta; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Crea un Registro Digital Centralizado de Contratos para registrar, someter y formalizar contratos gubernamentales y emite alertas presupuestarias al Hacienda cuando un contrato se

Referido a Comisión(es)
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Bill Summary · PC 1297

Resumen del proyecto de ley PC 1297 (Sesión 2025-2028, Puerto Rico)

Propósito principal

Establecer y ordenar la creación, administración y mantenimiento de un Registro Digital Centralizado de Contratos (RDCC) en la Oficina del Contralor de Puerto Rico. El objetivo es que todos los departamentos, agencias, instrumentalidades y municipios del Gobierno de Puerto Rico registren, sometan y formalicen sus contratos en una plataforma electrónica uniforme. Además, se propone añadir un nuevo inciso (f) al Artículo 1 de la Ley Núm. 18 de 30 de octubre de 1975, conocida como la “Ley de Registros de Contratos”.

Provisiones clave

  1. Creación y gestión del Registro Digital Centralizado de Contratos (RDCC)

    • La Oficina del Contralor debe crear, administrar y mantener un RDCC.
    • La plataforma debe ser electrónica y uniforme para uso de todas las entidades del gobierno (departamentos, agencias, instrumentalidades y municipios).
  2. Registro y formalización de contratos

    • Toda la normativa requiere que los contratos sean registrados, sometidos y formalizados a través de la plataforma del RDCC.
  3. Nuevo inciso (f) al Artículo 1 de la Ley de Registros de Contratos

    • Una vez que un contrato esté perfeccionado entre las partes, el RDCC emitirá una alerta al Departamento de Hacienda.
    • Propósito de la alerta: identificar y asegurar las partidas presupuestarias pactadas en el contrato (presupuestarias asociadas al contrato).
    • Facultar a la Contraloría para establecer acuerdos con PRITS (Puerto Rico Innovation and Technology Service) para la ejecución de esta alerta, si es necesario.
  4. Coordinación interinstitucional y tecnología

    • Se prevé colaboración entre la Oficina del Contralor y PRITS para implementar y operar las alertas presupuestarias.

¿Quiénes serían afectados?

  • Gobierno de Puerto Rico (niveles central y local): Departamentos, agencias, instrumentalidades y municipios que emiten o gestionan contratos.
  • Oficina del Contralor de Puerto Rico: Responsable de crear, administrar y mantener el RDCC; emitir alertas presupuestarias.
  • Departamento de Hacienda: Recibe las alertas para identificar y asegurar las partidas presupuestarias correspondientes a contratos perfeccionados.
  • PRITS (Puerto Rico Innovation and Technology Service): Posible facilitador técnico para la implementación de las alertas y la ejecución tecnológica del RDCC.

Implicaciones operativas y de cumplimiento

  • Transparencia y control presupuestario: Mayor trazabilidad de contratos y de las partidas presupuestarias asociadas, lo que podría fortalecer la supervisión de gasto público.
  • Estandarización tecnológica: Requiere adopción de una plataforma única y compatible para todos los organismos gubernamentales.
  • Coordinación interinstitucional: Implica acuerdos operativos entre la Contraloría, Hacienda y PRITS; posibles ajustes de procesos administrativos.

Aspectos procesales y timeline (basados en la información disponible)

  • El proyecto ha sido radicado (entrada formal) en junio de 2026.
  • Aún no se detallan fechas específicas de implementación, calendario de fases o plazo para la adopción total de la plataforma RDCC.
  • La hoja de ruta probablemente incluiría etapas de diseño, piloto, implementación gubernamental y periodos de cumplimiento para entidades públicas.

Notas finales

  • El proyecto busca consolidar un registro central de contratos para mejorar la rendición de cuentas y la gestión del gasto público.
  • La creación de alertas presupuestarias tras la perfección de cada contrato representa un mecanismo para asegurar que existan recursos presupuestarios suficientes y debidamente identificados.
  • La viabilidad técnica y operativa dependerá de los acuerdos con PRITS y de la interoperabilidad entre sistemas de las distintas entidades gubernamentales.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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