Bill
PC 875
Para enmendar el inciso (A) de la Sección 2 de la Ley Num. 221 de 15 de mayo de 1948, según enmendada, a los fines de imponer penalidades mas severas por violaciones a dicha Ley; y para otros fines relacionados.
PC 875 propone aumentar las penalidades por violaciones a la Ley Núm. 221, añadiendo sanciones más severas y posibles medidas relacionadas.