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PS 813

Para enmendar el Artículo 7 de la Ley Núm. 121 del 3 de julio de 2019, según enmendada, conocida como la "Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a favor de los Adultos Mayores en Puerto Rico", a los fines de fortalecer la "Línea Dorada" como línea telefónica confidencial para reportar casos de explotación financiera de adultos mayores, integrando protocolos específicos sin creación de nueva infraestructura; garantizar la confidencialidad de los informes; requerir la intervención inmediata del Departamento de la Familia y la coordinación con otras agencias relacionadas, tales como el Departamento de Justicia, el Negociado de la Policía de Puerto Rico y la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Fortalece la Línea Dorada como mecanismo clave para reportar explotación financiera de adultos mayores, con confidencialidad, intervención rápida y coordinación interagencial.

Enviado a la Gobernadora
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Bill Summary · PS 813

Resumen del Proyecto de Ley PS 813

Descripción general

PS 813 propone enmendar el Artículo 7 de la Ley Núm. 121 del 3 de julio de 2019 (conocida como la "Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a favor de los Adultos Mayores en Puerto Rico"). El objetivo es fortalecer la Línea Dorada como línea telefónica confidencial para reportar casos de explotación financiera de adultos mayores, integrando protocolos específicos sin crear nueva infraestructura, garantizando la confidencialidad de los informes y promoviendo una intervención rápida.

Propósito del proyecto de ley

  • Fortalecer la Línea Dorada como mecanismo principal para reportar explotación financiera de adultos mayores.
  • Integrar protocolos operativos sin incurrir en costos de nueva infraestructura.
  • Garantizar la confidencialidad de los informes recibidos.
  • Asegurar intervención inmediata por parte del Departamento de la Familia y coordinación con agencias clave para una respuesta integral.

Provisiones clave (enfoque operativo)

  • Implementación de protocolos específicos para el manejo de reportes a través de la Línea Dorada.
  • Garantía de confidencialidad de la información reportada.
  • Intervención inmediata por el Departamento de la Familia al recibir un reporte.
  • Coordinación entre agencias para la respuesta, incluyendo:
    • Departamento de Justicia
    • Negociado de la Policía de Puerto Rico
    • Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada
  • Alcance de “otros fines relacionados” relacionados con la protección de adultos mayores ante la explotación financiera.

Impacto y actores afectados

  • Adultos mayores: mayor protección contra explotación financiera y acceso a respuestas rápidas.
  • Familiares y cuidadores: mayor claridad sobre los procedimientos de reporte y protección.
  • Agencias involucradas (Dpto. de la Familia, Justicia, Policía, Procurador de la Persona de Edad Avanzada): responsabilidad coordinada para una respuesta rápida y confidencial.
  • Gobierno: uso de la infraestructura existente, evitando la creación de nueva red o costos importantes de infraestructura.

Procedimiento y cronograma

  • Introducido: 16 de octubre de 2025.
  • Primera lectura en el Senado: 20 de octubre de 2025.
  • Referido a Comisión(es): 20 de octubre de 2025.
  • Estado actual: referido a comisiones para revisión detallada.

Notas finales

PS 813 busca un equilibrio entre protección efectiva de los adultos mayores y uso eficiente de recursos, priorizando la confidencialidad y la coordinación interagencial para casos de explotación financiera sin ampliar la infraestructura existente. Si se aprueba, podría implicar ajustes operativos en las agencias señaladas y posibles necesidades de capacitación y protocolo adicional.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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