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PC 268

Para enmendar el Artículo 6.36 de la Ley 57-2014, según enmendada, conocida como “Ley de Transformación y ALIVIO Energético” para aumentar las multas que puede imponer y facilitar el cobro de las mismas; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Aumenta las multas y facilita su cobro para mejorar cumplimiento y recaudar recursos en el sector energético.

Ley 2-2025
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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PC 268

Resumen del Proyecto de Código PC 268 — Ley 2-2025

Título: Para enmendar el Artículo 6.36 de la Ley 57-2014, según enmendada, conocida como “Ley de Transformación y ALIVIO Energético” para aumentar las multas que puede imponer y facilitar el cobro de las mismas; y para otros fines relacionados.

Estado: Aprobado y promulgado como Ley 2-2025 (19 de marzo de 2025)

Propósito principal

Modificar el Art. 6.36 de la Ley 57-2014 (Ley de Transformación y ALIVIO Energético) con dos objetivos centrales:
- Incrementar las multas que la autoridad competente puede imponer por infracciones a la ley o a sus reglamentos.
- Introducir o facilitar mecanismos para el cobro efectivo de dichas multas.

El fin general es reforzar la capacidad sancionadora y de recuperación de recursos frente al incumplimiento en el sector energético, con la intención de mejorar el cumplimiento normativo y disuadir conductas infractoras.

Principales disposiciones (según título)

  • Enmienda al Artículo 6.36 de la Ley 57-2014 para:
    • Aumentar los límites máximos de las multas impuestas por infracciones relacionadas con la Ley de Transformación y ALIVIO Energético (el texto disponible no especifica montos exactos).
    • Establecer o clarificar procedimientos administrativos que faciliten el cobro de multas impuestas (por ejemplo, agilización de actos administrativos de cobro, reconocimiento de ejecuciones administrativas, u otros mecanismos administrativos — el detalle concreto de los mecanismos no se incluye en el sumario disponible).
  • Disposiciones transitorias o reglamentarias no especificadas en el sumario podrían asignar a una agencia/regulador la implementación y fiscalización de los cambios.

Sujetos afectados

  • Entidades y personas sujetas a la Ley 57-2014: empresas de servicios energéticos, contratistas, concesionarios, generadores, distribuidores y otros agentes regulados en el sector energético.
  • Autoridades regulatorias encargadas de aplicar y cobrar las sanciones (posible incremento en carga administrativa inicial para implementar nuevos procedimientos).
  • Potencial efecto indirecto sobre consumidores si los incrementos de costos regulatorios son transferidos.

Impacto fiscal y operativo

  • La ley puede incrementar ingresos por multas, aunque no se proporcionan estimaciones cuantitativas en el sumario.
  • Mejor cumplimiento esperado; posibles costos de implementación para agencias y sujetos regulados.
  • Podría requerir reglamentación adicional para detallar los procedimientos de cobro.

Trámite legislativo y cronología clave

  • Radicado: 23 de enero de 2025
  • Vistas públicas: 5 y 10 de febrero de 2025
  • Informes de comisión con enmiendas: 21 de febrero y 6 de marzo de 2025
  • Aprobado por la Cámara (votación final): 25 de febrero de 2025
  • Aprobado por el Senado (votación final): 6 de marzo de 2025
  • Firmado por el Presidente de la Cámara: 14 de marzo de 2025
  • Firmado por el Presidente del Senado: 17 de marzo de 2025
  • Enviado a la Gobernadora: 18 de marzo de 2025
  • Promulgado como Ley 2-2025: 19 de marzo de 2025

Observaciones

El resumen se basa en el título y el historial legislativo disponible. Para conocer montos exactos de las multas, los procedimientos precisos de cobro y cambios técnicos, es necesario revisar el texto final promulgado de la enmienda al Art. 6.36 y cualquier reglamento o instrucción administrativa emitida por la agencia reguladora correspondiente.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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