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PS 1195

Para enmendar el Artículo 5.1 de la Ley Núm. 127 de 27 de junio de 1958, según enmendada, a los fines de incluir al Negociado del Cuerpo de Emergencias Médicas.

2025-2028 Session

Expands death benefits to include paramedics to cover up to $200,000 for principal residence mortgage, with eligible beneficiaries and payments made to the lender.

Referido a Comisión(es)
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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PS 1195

Resumen del Proyecto de Ley PS 1195 (Sesión 2025-2028, Puerto Rico)

Propósito principal

Ampliar y fortalecer los beneficios por muerte en cumplimiento del deber para incluir de forma explícita al Negociado del Cuerpo de Emergencias Médicas (Paramédicos) en igualdad de reconocimiento con los integrantes de la Policía de Puerto Rico. El objetivo es mitigar el impacto económico en la familia de un servidor fallecido, especialmente en lo relacionado con la hipoteca de la residencia principal.

Provisiones clave y cambios propuestos

  • Objeto de la enmienda: Modificar el Artículo 5.1 de la Ley Núm. 146-2012 (según enmiendas) para ampliar el rendimiento de un “beneficio especial por muerte en el cumplimiento del deber” a parabélos de emergencias médicas, además de la Policía.

  • Beneficio económico propuesto:

    • En caso de fallecimiento de un integrante del Negociado de la Policía o del Negociado del Cuerpo de Emergencias Médicas (en cumplimiento de su deber) que tenga una hipoteca sobre su residencia principal:
    • Se podrá otorgar un pago de hasta $200,000 USD.
    • Este pago está destinado a cubrir el pago de la hipoteca.
    • Destinatarios elegibles si el fallecido tenía cónyuge supérstite, hijos dependientes; o, si falleció sin cónyuge ni hijos, a los padres; o, en ausencia de estos, a los abuelos.
    • El pago se hará a nombre de la institución financiera que tenga la hipoteca.
  • Hipotecas no a nombre del fallecido: Si la hipoteca de la residencia principal no está a nombre del policía/paramédico fallecido, el Comisionado de la Policía o el Comisionado del Negociado del Cuerpo de Emergencias Médicas debe conceder este beneficio.

  • Reglamentos y administración:

    • Corresponde al Comisionado de la Policía y al Comisionado del Negociado del Cuerpo de Emergencias Médicas establecer los reglamentos y formularios necesarios para la implementación de este artículo.
  • Ámbito de aplicación: Aplicable cuando el fallecimiento ocurra dentro de la jurisdicción del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

Quiénes serían afectados

  • Integrantes del Negociado de la Policía de Puerto Rico.
  • Integrantes del Negociado del Cuerpo de Emergencias Médicas (paramédicos).
  • Familiar(es) del servidor fallecido, especialmente aquellos con derechos a la ejecución de la hipoteca (cónyuge supérstite, hijos dependientes, o, en su defecto, padres o abuelos).

Aspectos procedimentales y temporales

  • Inicio de vigencia: La ley comenzaría a regir inmediatamente después de su aprobación.
  • Procedimiento administrativo:
    • Los comisionados pertinentes deben definir reglamentos y formularios para implementar el beneficio.
  • Contexto de motivación: Se cita la necesidad de reconocer el sacrificio de los servicios de emergencias y responder a ejemplos recientes de pérdidas de servidores, destacando el caso de Amid Molina Morales para ilustrar la urgencia y la justicia de la medida.

Consideraciones relevantes para lectura

  • El texto específico establece un tope de pago de $200,000 y detalla la prioridad de beneficiarios en la línea de sucesión familiar (cónyuge, hijos, padres, abuelos si corresponde).
  • La medida busca igualar el tratamiento de beneficios entre cuerpos de seguridad y de emergencias médicas, subrayando la función crítica de estos profesionales en la respuesta ante emergencias y la protección de la vida y la vivienda familiar.
  • Aunque se centra en beneficios por muerte en cumplimiento del deber, los detalles operativos dependerán de reglamentos que definan condiciones, procedimientos de solicitud y criterios de elegibilidad.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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