Resumen del Proyecto de Ley PS 512
Propósito principal
El Proyecto PS 512 propone enmendar el Artículo 4 de la Ley Núm. 28-2019 —conocida como la “Carta de Derechos de los Niños, Niñas y Jóvenes Deportistas”— para establecer parámetros bajo los cuales se celebrarán los juegos y las prácticas deportivas de niños y jóvenes atletas. El objetivo general es reglamentar condiciones, frecuencia y requisitos mínimos para actividades deportivas en población menor de edad, y atender aspectos de seguridad, salud y bienestar.
Nota: El texto íntegro del proyecto no se suministró. Esta síntesis se basa en el título oficial y el historial legislativo disponible; las “posibles disposiciones” indicadas abajo son áreas razonables que una reforma de este tipo suele abordar, y deben confirmarse con el texto final.
Disposiciones clave (según título y práctica habitual)
El proyecto busca introducir parámetros que probablemente incluyan, entre otros:
- Límites de duración y frecuencia de prácticas y partidos por grupo etario.
- Requisitos mínimos de descanso entre actividades y calendario de competencias para evitar sobrecarga.
- Protocolos médicos y de seguridad (evaluaciones médicas previas, protocolos ante conmociones, hidratación, manejo de calor).
- Certificación o capacitación obligatoria para entrenadores y personal auxiliar (prácticas seguras, primeros auxilios).
- Consentimiento informado de progenitores/tutores y comunicación de riesgos.
- Reglas para uso de instalaciones y equipamiento seguro.
- Mecanismos de supervisión, registro y sanciones por incumplimiento.
Quiénes se verían afectados
- Niños, niñas y adolescentes que participan en actividades deportivas.
- Padres y tutores.
- Escuelas, ligas deportivas, clubes y federaciones juveniles.
- Entrenadores, árbitros y personal médico.
- Administraciones municipales y agencias encargadas de la inspección y cumplimiento.
Impacto esperado
- Mejora en la protección de la salud y seguridad de atletas menores.
- Mayor estandarización de prácticas y responsabilidades de organizaciones deportivas.
- Carga administrativa adicional y posible necesidad de formación y recursos para cumplir nuevos requisitos.
- Posible reducción de prácticas extremas y aumento de supervisión médica.
Trámite legislativo y estado
- Radicado: 08-abr-2025
- Primera lectura Senado: 10-abr-2025; referido a comisión.
- Vistas públicas: 21-may-2025 y 04-jun-2025 (Salón Luis A. Negrón López).
- Informe de comisión con enmiendas: 26-jun-2025; remitido a Comisión de Reglas.
- Senado: Aprobado con enmiendas en sala y en votación final el 01-oct-2025; texto de aprobación final enviado a la Cámara.
- Cámara: Apareció en Primera Lectura el 07-oct-2025 y fue referido a comisión(s).
Pasos siguientes
La medida está pendiente de análisis y trámite en las comisiones correspondientes de la Cámara. El avance dependerá de las deliberaciones de comisión, posibles vistas públicas adicionales y la aprobación final en la Cámara y posterior promulgación por la autoridad ejecutiva.
Si desea, puedo:
- Revisar y resumir el texto exacto del Artículo 4 propuesto al ser disponible.
- Comparar la reforma con la redacción vigente de la Ley Núm. 28-2019 para identificar cambios precisos.