WeVote

Bill

Bill

PC 175

Para enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 40-1993, según enmendada, conocida como “Ley para Reglamentar la Práctica de Fumar en Lugares Públicos”, a los fines de incluir una prohibición total en determinadas áreas en las cuales no se podrá fumar.

2025-2028 Session

Propone enmendar la Ley 40-1993 (Art. 3) para prohibir por completo fumar en áreas determinadas, cerrando excepciones y reduciendo la exposición al humo.

Veto Expreso
0
WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PC 175

Resumen Legislativo — PC 175

Título: Para enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 40-1993, según enmendada, conocida como “Ley para Reglamentar la Práctica de Fumar en Lugares Públicos”, a los fines de incluir una prohibición total en determinadas áreas en las cuales no se podrá fumar.

Estado: Veto Expreso (31 de octubre de 2025)
Radicado: 9 de enero de 2025

Propósito principal

La medida propone modificar el Artículo 3 de la Ley Núm. 40-1993 para establecer una prohibición total del acto de fumar en ciertas áreas públicas que actualmente no están cubiertas por la prohibición o en las que la ley vigente permite excepciones. El objetivo declarado es ampliar las zonas libres de humo para proteger la salud pública y limitar la exposición al humo de tabaco en espacios específicos.

Disposiciones clave (según el título y objeto)

  • Enmienda del Artículo 3 de la Ley 40-1993 para incluir una prohibición absoluta de fumar en “determinadas áreas” (el texto del proyecto define cuáles, pero ese detalle no figura en el sumario proporcionado).
  • La reforma apunta a cerrar excepciones existentes y a clarificar que en las áreas señaladas no se permitirá fumar en ninguna circunstancia.
  • No se dispone en el resumen información sobre sanciones, responsabilidades administrativas, ni disposiciones transitorias o fechas de entrada en vigor; el texto completo del proyecto debe consultarse para esos detalles.

Quiénes se verían afectados

  • Personas que fuman: restricción de lugares en que pueden fumar.
  • Comercios y establecimientos públicos (restaurantes, bares, centros de entretenimiento, etc.) si las áreas prohibidas incluyen esos lugares; posibles ajustes en políticas internas y señalización.
  • Entidades gubernamentales y agencias de salud pública encargadas de la fiscalización y cumplimiento.
  • Público en general beneficiado por menor exposición al humo de segunda mano.

Procedimiento y cronología relevante

  • 09-01-2025: Radicado.
  • 16-01-2025: Primera lectura en la Cámara; referido a comisión.
  • 17-06-2025: Aprobado por la Cámara en votación final (con enmiendas).
  • 19-06-2025: Aparece en primera lectura del Senado; referido a comisión.
  • 29-09-2025: Aprobado por el Senado (con enmiendas) y en calendario de órdenes especiales.
  • 07-10-2025: Cuerpo de origen concurre con enmiendas; dispuesto a ser enrolado.
  • 09-10-2025 y 14-10-2025: Firmado por los presidentes de la Cámara y del Senado.
  • 21-10-2025: Enviado a la Gobernadora.
  • 31-10-2025: Veto Expreso (gubernamental).

Impacto previsto

  • Salud pública: probable reducción de la exposición al humo de tabaco en las áreas afectadas.
  • Cumplimiento y fiscalización: requerirá recursos administrativos y posible señalización/ajustes operativos en establecimientos.
  • Económico: efectos a corto plazo sobre ciertos negocios — depende de las áreas concretas incluidas en la prohibición.

Observaciones y pasos siguientes

  • El veto expreso implica que la medida no entró en vigor; corresponde revisar si la Legislatura perseguirá una mayoría para anular el veto (según el procedimiento y plazos que establezca la normativa aplicable).
  • Para evaluar con precisión el alcance y las obligaciones, conviene consultar el texto completo del proyecto donde se especifican las “determinadas áreas”, las sanciones, definiciones y fecha de vigencia.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

Sign in to ask a question.