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PC 575

Para enmendar el Artículo 3.14 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como "Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico", a los fines de extender la vigencia de las licencias de conducir de aquellos miembros de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América o de la Reserva de las Fuerzas Armadas o de la Guardia Nacional de Puerto Rico domiciliados en Puerto Rico, a quienes se les venzan las mismas, mientras se encontrasen activados y movilizados a prestar servicios; otorgarles un término de tiempo de ciento veinte (120) días, una vez culminen su periodo de activación y movilización y regresen a Puerto Rico, para realizar los trámites de rigor para renovar sus licencias de conducir; ordenar al Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas a establecer los mecanismos que sean necesarios para que en estos casos, la licencia pueda ser renovada en línea; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Extend license validity for Puerto Rico-based US military personnel activated/mobilized, with a 120-day post-service renewal window and online renewal option.

Ley 162-2025
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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PC 575

Resumen del Proyecto de Ley PC 575

Propósito principal

Modificar el Artículo 3.14 de la Ley 22-2000 (Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico) para proteger a miembros de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos, de la Reserva y de la Guardia Nacional de Puerto Rico domiciliados en la Isla, cuyos documentos de conducir venzan mientras se encuentren activados o movilizados para prestar servicios. La medida busca extender la vigencia de esas licencias durante el periodo de activación/movilización y otorgar un plazo para su renovación una vez finalizado el servicio.

Disposiciones clave

  • Extensión automática de la vigencia de la licencia de conducir para aquellos miembros (activados/movilizados) cuya licencia se venza mientras prestan servicio.
  • Concesión de un plazo de 120 días (cuatro meses) contado desde la culminación de la activación/movilización y el regreso a Puerto Rico para realizar los trámites de renovación correspondientes.
  • Orden al Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) para que establezca los mecanismos necesarios que permitan en estos casos la renovación de la licencia en línea.
  • Enmienda específica: se modifica el Artículo 3.14 de la Ley 22-2000, según enmendada.
  • Cláusula de alcance: aplica a miembros domiciliados en Puerto Rico de las Fuerzas Armadas de los EE. UU., de la Reserva o de la Guardia Nacional de Puerto Rico.

Quién(es) se ven afectados

  • Beneficiarios directos: personal militar activo, reservistas y miembros de la Guardia Nacional de Puerto Rico domiciliados en la Isla que estén activados/movilizados y cuyo permiso de conducir caduque durante ese periodo.
  • Entidad administrativa afectada: Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), que deberá diseñar/implementar mecanismos (incluyendo opción en línea) y procedimientos de verificación.
  • Efectos indirectos: oficinas locales de licencia de conducir y personal administrativo que procesan renovaciones y precauciones para verificar estatus militar.

Implementación y aspectos procedimentales

  • Requiere que el Secretario del DTOP desarrolle y adopte los mecanismos operativos (posiblemente reglamentación, procedimientos y sistemas informáticos) para permitir renovaciones en línea y validar la condición de activación/movilización.
  • Plazo concreto para renovación post-servicio: 120 días desde el regreso a Puerto Rico.
  • El proyecto fue presentado el 2 de mayo de 2025 y, según el historial legislativo, fue aprobado con enmiendas por ambas cámaras y firmado por el Presidente del Senado el 20 de noviembre de 2025 (estatus: firmado por el Presidente del Senado).

Cronología legislativa clave

  • Radicado: 02-may-2025
  • Aprobado por la Cámara (con enmiendas): 28-ago-2025
  • Aprobado por el Senado (votación final, con enmiendas): 10-nov-2025
  • Cuerpo de origen concurre con enmiendas / Enrolado / Firmas: 18–20-nov-2025
  • Estado final indicado: Firmado por el Presidente del Senado (20-nov-2025)

Impacto esperado

  • Evita que personal militar sea sancionado por tener licencias vencidas mientras presta servicio fuera de Puerto Rico.
  • Reduce carga administrativa y desplazamientos para renovar licencias, especialmente mediante la habilitación de renovaciones en línea.
  • Impone a DTOP la obligación de adaptar procesos y sistemas para validar estatus militar y habilitar renovaciones remotas.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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