Bill
PC 473
Para enmendar el Artículo 3.13-A, los incisos (h), (s) y (t) del Artículo 23.05, y el Artículo 25.01, derogar el Articulo 25.02 y sustituir por uno nuevo, y enmendar el Artículo 25.03 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como la "Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico", a los fines de establecer que las multas de tránsito deberán ser notificadas a través de la aplicación móvil (app) del Departamento de Transportación y Obras Públicas para las licencias virtuales, CESCO Digital, o cualquier otro sistema digital autorizado por el Secretario con propósitos de notificación ciudadana; disponer la información mínima que deberá contener dicha notificación; y para otros fines relacionados.
Autoriza notificar multas de tránsito por medios digitales (app DTOP, CESCO Digital u otros sistemas autorizados) con información mínima requerida.