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PS 358

“Para enmendar el Artículo 20 de la Ley 119-2011, según enmendada, conocida como “Ley Uniforme de Confiscaciones de 2011”, a los fines de incluir en el orden preferente de disposición de vehículos de motor a los municipios en cuyo último censo decenal se reporte una población menor de treinta mil (30,000) habitantes; y para otros fines relacionados.”

2025-2028 Session

La enmienda busca dar prioridad de disposición de vehículos confiscados a municipios con población menor a 30,000, para facilitar su acceso.

Referido a Comisión(es)
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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PS 358

Resumen legislativo — PS 358

Título corto

PS 358 — Enmienda al Artículo 20 de la Ley 119-2011 (Ley Uniforme de Confiscaciones de 2011) para incluir, en el orden preferente de disposición de vehículos de motor confiscados, a los municipios cuyo último censo decenal reporte una población menor de 30,000 habitantes.

Propósito e intención

El proyecto propone modificar el Artículo 20 de la Ley 119-2011 con el fin de que los municipios con poblaciones menores de 30,000 habitantes queden expresamente incluidos en el “orden preferente” para la disposición (asignación, entrega o transferencia) de vehículos de motor confiscados. La intención aparente es facilitar que municipios pequeños accedan a vehículos confiscados, probablemente para uso institucional o comunitario, reconociendo su menor capacidad financiera para adquirir activos por otros medios.

Disposiciones clave (según versión disponible)

  • Enmienda del Artículo 20 de la Ley 119-2011 para añadir a los municipios con población < 30,000 (según el último censo decenal) dentro del orden de prioridad para la disposición de vehículos de motor confiscados.
  • El texto exacto no se adjunta; por tanto, detalles sobre condiciones, límites (cantidad de vehículos), criterios de asignación, requisitos administrativos, responsabilidades de mantenimiento, o mecanismo para transferencia aún no están disponibles públicamente en la versión suministrada.

Quiénes se verían afectados

  • Municipios con población inferior a 30,000 habitantes: recibirían prioridad para obtener vehículos confiscados.
  • Agencias encargadas de la administración de bienes confiscados (p. ej., agencias estatales de justicia o seguridad): deben ajustar procedimientos de disposición para incluir esta nueva prioridad.
  • Municipios mayores, entidades estatales u otras instituciones que actualmente figuren en orden de preferencia para recibir vehículos confiscados: podrían ver cambios en su posición relativa.
  • Ciudadanía y servicios municipales en municipios pequeños: potencial mejora en capacidad operativa (transporte, patrullaje, servicios públicos) si se reciben vehículos.

Impacto potencial y consideraciones

  • Beneficios posibles: acceso a vehículos sin compra directa, alivio presupuestario para municipios pequeños, mejora de servicios locales.
  • Costos y responsabilidades: mantenimiento, seguros, registro y uso adecuado de vehículos transferidos recaerían sobre los municipios receptores; gastos recurrentes podrían ser significativos para municipios con recursos limitados.
  • Transparencia y control: la modificación requerirá reglas claras para prevenir asignaciones arbitrarias y asegurar cumplimiento de normas de uso y registro.
  • Efectos institucionales: agencias estatales deberán actualizar normas internas y sistemas de disposición de bienes confiscados; podría implicar carga administrativa adicional.
  • Necesidad de reglamentación: el texto final debería precisar criterios, limitaciones y procedimientos para implementación segura y transparente.

Estado legislativo y cronograma relevante

  • Radicado: 24 de febrero de 2025 (apareció en Primera Lectura del Senado y remitido a comisión ese mismo día).
  • 12 de junio de 2025: Primer informe de comisión rendido con enmiendas; remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado.
  • 25 de junio de 2025: Aprobado por el Senado en votación final con enmiendas; aprobado con enmiendas del informe; texto de aprobación final enviado a la Cámara; estuvo en Calendario de Órdenes Especiales del Senado.
  • 29 de junio de 2025: Apareció en Primera Lectura de la Cámara y referido a comisión(es).
  • Estado actual: Referido a comisión(es) en la Cámara (pendiente de consideraciones y votaciones en la Cámara de Representantes).

Observaciones y próximos pasos recomendados

  • Revisar el texto final aprobado por el Senado (con enmiendas) para conocer la redacción exacta y los detalles operativos añadidos por el informe de comisión.
  • Vigilar el trámite en la(s) comisión(es) de la Cámara para ver si se introducen más enmiendas que especifiquen criterios, límites o requisitos administrativos.
  • Evaluar, en la etapa reglamentaria si el proyecto se convierte en ley, la necesidad de asignación presupuestaria o asistencia técnica para municipios pequeños que reciban vehículos.

Si desea, puedo:
- Buscar y comparar el texto vigente del Artículo 20 de la Ley 119-2011 para ver el cambio preciso que implicaría la enmienda, o
- Preparar una lista de preguntas claves (p. ej., límites numéricos, criterios de elegibilidad, obligaciones posteriores) que sería útil plantear a los autores o comités antes de la votación en la Cámara.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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