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PS 450

“Para enmendar el Artículo 2 de la Ley 73-2019, según enmendada, conocida como Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019; a los fines de restituir la autonomía operativa y administrativa de estas entidades exentas y facultarlas para desarrollar procedimientos de adquisición internos que respondan a sus necesidades particulares; y para otros fines relacionados.”

2025-2028 Session

Restaurar la autonomía operativa de las entidades exentas de la Ley 73-2019 y facultarlas para crear y aplicar sus procedimientos de adquisición internos, descentralizando compras.

Aprobado por Cámara en Votación Final
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Bill Summary · PS 450

Resumen del Proyecto de Ley PS 450

Resumen ejecutivo

PS 450 propone enmendar el Artículo 2 de la Ley 73-2019 —conocida como “Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019”— con el propósito central de restituir la autonomía operativa y administrativa de las entidades que la Ley 73 declaró exentas y facultarlas para desarrollar procedimientos internos de adquisición adaptados a sus necesidades particulares.

Propósito principal

  • Devolver a las entidades exentas la capacidad de administrar y ejecutar sus procesos de compras de manera autónoma.
  • Autorizar expresamente a dichas entidades a elaborar y aplicar procedimientos internos de adquisición que respondan a sus requerimientos específicos.
  • Realizar las modificaciones necesarias al Artículo 2 de la Ley 73-2019 para reflejar estos cambios.

Disposiciones clave (según el título del proyecto)

  • Enmienda del Artículo 2 de la Ley 73-2019 para:
    • Restituir la autonomía operativa y administrativa de entidades exentas.
    • Facultar a esas entidades a desarrollar y aprobar procedimientos internos de adquisición.
  • Incluye una cláusula “y para otros fines relacionados” que puede contemplar reglas transitorias, coordinación con la Administración de Servicios Generales u otros ajustes administrativos (el texto completo del artículo enmendado no fue provisto).

Entidades y actores afectados

  • Entidades exentas bajo la Ley 73-2019 (p. ej., instrumentalidades públicas o agencias específicamente designadas como exentas).
  • Administración de Servicios Generales y la estructura centralizada de compras del Gobierno.
  • Proveedores del sector público, personal de adquisiciones y unidades de control/seguimiento fiscal.
  • Ciudadanía y presupuesto público en tanto podrían verse afectadas eficiencia, transparencia y costos de compra.

Impactos potenciales y consideraciones

  • Posibles beneficios: mayor agilidad y adecuación de compras a necesidades específicas, reducción de demoras administrativas.
  • Riesgos y desafíos: pérdida de economías de escala de la centralización, necesidad de medidas de control interno, supervisión y transparencia para evitar irregularidades y garantizar eficiencia en el gasto público.
  • Recomendable: especificar requisitos de rendición de cuentas, capacitación y mecanismos de auditoría en el reglamento o en disposiciones complementarias.

Procedimiento legislativo y estado

  • Radicado: 26-mar-2025.
  • Aprobado por el Senado en votación final con enmiendas: 12-jun-2025; texto enviado a la Cámara.
  • Cámara: informes y enmiendas presentados (21–25 ago 2025); aprobado por la Cámara en votación final: 25-ago-2025.
  • Estado actual: Aprobado por la Cámara en votación final. No consta en el resumen la firma del Gobernador ni la fecha de vigencia; esos pasos son necesarios para convertirse en ley.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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