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PS 239

Para enmendar el Artículo 2 de la Ley 266-2004, según enmendada, conocida como “Ley del Registro de Personas Convictas por Delitos Sexuales y Abuso Contra Menores”, a los fines de incluir en la definición de Ofensor Sexual Tipo I el delito de actos lascivos cuando sea cometido contra cualquier persona que haya alcanzado la mayoridad; cobijar a las víctimas con impedimentos físicos, mentales o sensoriales como parte de la definición de Ofensor Sexual Tipo II; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Amplía el registro: actos lascivos contra adultos pasan a ser Ofensor Sexual Tipo I; víctimas con impedimentos quedan en Tipo II, aumentando inscripciones y obligaciones.

Referido a Comisión(es)
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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PS 239

Resumen del Proyecto de Ley PS 239

Propósito principal

Modifica el Artículo 2 de la Ley 266-2004 (conocida como “Ley del Registro de Personas Convictas por Delitos Sexuales y Abuso Contra Menores”) para:
- Incluir el delito de "actos lascivos" cuando se cometa contra una persona que haya alcanzado la mayoría de edad dentro de la definición de “Ofensor Sexual Tipo I”.
- Incorporar expresamente a víctimas con impedimentos físicos, mentales o sensoriales dentro de la definición que distingue al “Ofensor Sexual Tipo II”.
- Realizar otros ajustes conexos no especificados en el sumario.

Disposiciones clave (según el título y sumario)

  • Ampliación de la definición de Ofensor Sexual Tipo I: el delito de actos lascivos contra adultos pasa a quedar tipificado como conducta que clasifica al condenado en la categoría Tipo I del registro sexual.
  • Ampliación de la protección en la categoría Tipo II: las víctimas que tengan impedimentos físicos, mentales o sensoriales quedan explícitamente incluidas en la consideración que define al Ofensor Sexual Tipo II (generalmente categorías relacionadas con mayor gravedad o vulnerabilidad de la víctima).
  • Cláusula general de “otros fines relacionados”: puede incluir ajustes técnicos al funcionamiento del registro, requisitos de inscripción, o definiciones complementarias (el texto completo del proyecto es necesario para detalle).

Quiénes se verían afectados

  • Personas condenadas por "actos lascivos" contra adultos: podrían quedar sujetas a la clasificación de Ofensor Sexual Tipo I y, por ende, a las obligaciones y consecuencias administrativas y legales que dicha clasificación implica (inscripción en el registro, notificaciones, restricciones, etc.).
  • Personas condenadas por delitos que involucren víctimas con impedimentos: la inclusión expresa en la definición Tipo II puede conllevar recategorizaciones y consecuencias más estrictas para los ofensores.
  • Autoridades encargadas del Registro de Personas Convictas por Delitos Sexuales: posible aumento en la carga administrativa y necesidad de actualizar criterios de clasificación.
  • Víctimas y comunidad: potencial impacto en medidas de protección y notificación pública, así como implicaciones sobre reinserción social y estigma para las personas registradas.

Estado legislativo y cronograma

  • Radicado: 13 de enero de 2025.
  • Senado: Primera lectura 16 de enero de 2025; referido a comisiones; primer informe con enmiendas rendido 14 de agosto de 2025; aprobado en el Senado con enmiendas el 9 de octubre de 2025; texto final enviado a la Cámara.
  • Cámara de Representantes: Apareció en primera lectura y referido a comisiones el 20 de octubre de 2025. (Estado actual: en proceso de análisis en comisión(es) de la Cámara.)

Observaciones y efectos a considerar

  • El resumen del título indica cambios en definiciones legales; el impacto concreto depende del texto exacto del Artículo 2 modificado (p. ej., si la aplicación es prospectiva o retroactiva, duración de la inscripción, obligaciones específicas).
  • Es probable un aumento en el número de personas obligadas a inscribirse en el registro y en la carga administrativa para su manejo.
  • Cambios pueden afectar derechos post-condena (residencia, empleo, notificación pública) y deber ser evaluados en conjunto con el texto vigente de la Ley 266-2004.
  • Recomendación: revisar el texto completo del proyecto y las enmiendas aprobadas en el Senado para confirmar redacción final, alcance temporal y disposiciones transitorias.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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