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PC 75

Para enmendar el Artículo 1726 de la Ley 55-2020 conocida como el “Código Civil de Puerto Rico de 2020”, a los fines de disponer que, a falta de hermanos o sobrinos, suceden los demás parientes del causante en línea colateral más próximos en grado, hasta el cuarto grado; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Ampliar la sucesión intestada cuando no existen hermanos o sobrinos: heredan parientes colaterales hasta el cuarto grado, ampliando la lista de posibles herederos.

Referido a Comisión(es)
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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PC 75

Summary — PC 75: Amendment to Article 1726 of the Puerto Rico Civil Code (Law 55-2020)

What the bill is

  • Bill Number: PC 75
  • Title: Para enmendar el Artículo 1726 de la Ley 55-2020, conocida como el “Código Civil de Puerto Rico de 2020”
  • Purpose: El proyecto propone modificar la regla de sucesión intestada cuando no hay hermanos ni sobrinos, disponiendo que hereden los demás parientes del causante en la línea colateral más próxima en grado, hasta el cuarto grado. En esencia, amplía la lista de posibles herederos collateralizados en desaparición de herederos directos.

Propósito y alcance

  • Aporta una clarificación y extensión de la sucesión intestada cuando no existen hermanos o sobrinos.
  • Ordena que, en ausencia de dichos herederos directos, hereden aquellos parientes en la línea colateral más cercana, hasta el cuarto grado de parentesco.
  • Mantiene el enfoque en la herencia por vía intestada y se aplica a la porción que, de no existir herederos más cercanos, pasaría a parientes colaterales dentro del rango establecido.

Provisiones clave (propuesta de cambio)

  • Modificación de Article 1726 de la Ley 55-2020 (Código Civil de Puerto Rico de 2020).
  • Nueva regla de sucesión: si no hay hermanos ni sobrinos, la sucesión continúa con otros parientes del causante en línea colateral, comenzando por el grado más próximo y extendiéndose hasta el cuarto grado.
  • Frases actuales de otros fines relacionados: el texto indica que se pueden prever “otros fines relacionados” con la modificación, aunque el detalle específico de esos fines no se describe en el resumen disponible.

Afectados y alcance práctico

  • Afecta a personas que podrían heredar por sucesión intestada cuando no existen hermanos o sobrinos del causante.
  • Incluye parientes colaterales dentro del cuarto grado (posiblemente primos, tíos/aunts, o parientes similares, según la estructura de grados del Código Civil).
  • No altera las reglas de herencia para testados (quienes dejan testamento) ni otras disposiciones sobre herederos forzosos que estén bajo otras secciones del Código.

Procedimiento y cronología

  • Radicado: 2 de enero de 2025
  • Primera Lectura: 16 de enero de 2025 (aparece en Primera Lectura de la Cámara)
  • Referido a Comisiones: 16 de enero de 2025
  • Estado actual: Referido a Comisión(es) (en revisión por comisiones)

Consideraciones finales

  • Este proyecto propone una expansión de la categoría de posibles herederos colaterales para casos de sucesión intestada, buscando definir con mayor precisión la cadena hereditaria cuando no existen herederos directos inmediatos.
  • Siguientes pasos esperados: deliberación en las comisiones correspondientes, posibles enmiendas y eventual votación en Cámara.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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