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PS 426

“Para enmendar el Artículo 17 incisos (b), (c) y (d), de la Ley Núm. 154-2008, según enmendada, conocida como “Ley para el Bienestar y la Protección de los Animales”, a los fines de modificar las disposiciones existentes sobre las multas a los criadores de animales; y para otros fines relacionados.”

2025-2028 Session

El proyecto PS 426 modifica las reglas de las multas a criadores de animales para reformar el régimen sancionatorio, incluyendo posibles cambios en importes, criterios y procedimie

Referido a Comisión(es)
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Bill Summary · PS 426

Resumen ejecutivo — Proyecto de Ley PS 426

Título: Para enmendar el Artículo 17 incisos (b), (c) y (d), de la Ley Núm. 154-2008, según enmendada, conocida como “Ley para el Bienestar y la Protección de los Animales”, a los fines de modificar las disposiciones existentes sobre las multas a los criadores de animales; y para otros fines relacionados.

Propósito principal

El proyecto PS 426 propone modificar las disposiciones del Artículo 17 (incisos b, c y d) de la Ley 154‑2008 (Ley para el Bienestar y la Protección de los Animales) con el objetivo explícito de ajustar las reglas relativas a las multas impuestas a criadores de animales. El propósito general es reformar el régimen sancionatorio que aplica a quienes crían animales, presumiblemente para aclarar, actualizar o intensificar las penalidades y/o el procedimiento sancionador.

Disposiciones clave (según el título)

  • Enmienda específica de los incisos (b), (c) y (d) del Art. 17 de la Ley Núm. 154‑2008.
  • Cambia “disposiciones existentes sobre las multas a los criadores de animales” — esto puede abarcar montos de multas, criterios para su imposición, agravantes por reincidencia, categorización administrativa vs. penal, y procedimientos de cobro o apelación.
  • El texto final aprobado por el Senado incluye enmiendas al informe; el detalle exacto de las redacciones enmendadas debe consultarse en el texto oficial remitido a la Cámara.

Nota: el título indica el alcance (multas a criadores) pero no especifica en el resumen público los importes, plazos o formulación textual; para las cifras y el lenguaje preciso debe revisarse el texto legal aprobado por el Senado.

Quiénes se verían afectados

  • Criadores comerciales y particulares de animales (criaderos registrados o no).
  • Negocios relacionados: comerciantes de animales, salas de exposición, criadores hobby.
  • Autoridades encargadas de fiscalizar y aplicar sanciones por maltrato o incumplimiento (agencias municipales/estales responsables del bienestar animal).
  • Tribunales administrativos y/o judiciales que tramiten recursos contra sanciones.
  • Posible impacto indirecto en refugios, organizaciones de bienestar animal y consumidores (mayor cumplimiento o costos transferidos).

Estado procesal y cronología relevante

  • Radicado: 2025-03-18
  • Primera lectura Senado: 2025-03-19 (referido a comisiones)
  • 1er Informe de Comisión con enmiendas: 2025-06-19
  • Aprobado por el Senado (con enmiendas en informe y en sala): 2025-06-24
  • Apareció en Calendario de Órdenes Especiales del Senado: 2025-06-24
  • Texto de aprobación final enviado a la Cámara: 2025-06-24
  • Cámara — Primera Lectura y referido a comisión(es): 2025-06-27

Próximos pasos: trámite en la(s) comisión(es) correspondiente(s) de la Cámara para estudio, posible enmienda y votación; eventual conciliación si la Cámara modifica el texto aprobado por el Senado.

Impacto y consideraciones

  • Si las enmiendas aumentan o clarifican sanciones, es probable que incrementen la presión regulatoria sobre criadores y fomenten mayor cumplimiento; también podrían aumentar costos de cumplimiento o provocar procesos administrativos o judiciales.
  • Cambios en montos o en la naturaleza (administrativa vs. penal) de las sanciones afectarían prácticas de fiscalización y recursos necesarios para su ejecución.
  • Para valorar el alcance concreto (montos, plazos, condiciones de reincidencia, exenciones), es necesario consultar el texto enmendado remitido por el Senado.

Recomendación

Revisar el texto final aprobado por el Senado (enviado a la Cámara el 24‑jun‑2025) y los informes de comisión para conocer la redacción exacta, cifras y normas procesales. Seguir el trámite en la(s) comisión(es) de la Cámara para identificar posibles cambios adicionales.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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