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PS 354

Para enmendar el Artículo 11.4 de la Ley 239-2004, según enmendada, conocida como “Ley General de Sociedades Cooperativas de Puerto Rico de 2004”, a los fines de establecer un nuevo período de espera de treinta (30) minutos para una segunda convocatoria ante la falta de quorum en las Asambleas; aclarar el quorum necesario para la celebración de una asamblea en la segunda convocatoria; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Cambia el tiempo de espera por falta de quórum en asambleas de cooperativas a 30 minutos, con posibles ajustes relacionados en el texto final.

Ley 165-2025
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Bill Summary · PS 354

Resumen del Proyecto PS 354

Título corto: Enmienda al Art. 11.4 de la Ley 239‑2004 para reducir a media hora el tiempo de espera por falta de quórum en Asambleas de las cooperativas.

Propósito principal

Modificar el Artículo 11.4 de la Ley 239‑2004, conocida como “Ley General de Sociedades Cooperativas de Puerto Rico de 2004”, para establecer que, ante la falta de quórum en las asambleas de las cooperativas, el tiempo de espera requerido sea de media hora. El texto incluye además la fórmula “y para otros fines relacionados”, lo que permite ajustes conexos al procedimiento de convocatoria o celebración de asambleas.

Disposiciones clave

  • Enmienda del Artículo 11.4 de la Ley 239‑2004 (texto exacto del cambio no incluido en el sumario provisto): la espera por falta de quórum será de 30 minutos.
  • No se especifican en el expediente público aquí otros cambios concretos aparte de la reducción del plazo; el proyecto también contempla "otros fines relacionados", lo que sugiere ajustes procedimentales adicionales que deben confirmarse en el texto final aprobado.

Sujetos y entidades afectadas

  • Sociedades cooperativas reguladas por la Ley 239‑2004.
  • Miembros de las asambleas de las cooperativas (afecta el tiempo para deliberar en espera de quórum).
  • Juntas directivas y funcionarios de las cooperativas que gestionan convocatorias y actas de asamblea.
  • Posible impacto indirecto en la Oficina del Comisionado o entidades regulatorias encargadas de supervisar el sector cooperativo.

Impacto práctico (resumen)

  • Acorta el período mínimo de espera ante ausencia de quórum, lo que puede:
    • Agilizar la celebración de asambleas o la toma de decisiones cuando se alcance el quórum tras la espera reducida.
    • Reducir el tiempo que los presentes deben permanecer a la espera, mejorando eficiencia operativa.
    • Incrementar el riesgo de que menos miembros participen en decisiones si el plazo reducido dificulta la asistencia de quienes pudieran completar el quórum.
  • El efecto exacto dependerá del texto final de la enmienda y de cómo las cooperativas ajusten sus estatutos y prácticas internas.

Trámite legislativo y situación

  • Radicado: 21‑feb‑2025
  • Senado: Primera lectura y referido (24‑feb‑2025); informe en Comisión (27‑mar‑2025); aprobado por el Senado en votación final y con enmiendas (03‑abr‑2025); texto de aprobación enviado a la Cámara (03‑abr‑2025).
  • Cámara de Representantes: Aparece en primera lectura (07‑abr‑2025); informes y enmiendas en comisión; aprobado por la Cámara en votación final con enmiendas (13‑nov‑2025); firmado por Presidentes de ambas cámaras y enrolado (18‑nov‑2025).
  • Enviado a la Gobernadora: 20‑nov‑2025 — pendiente de firma o veto. Si se firma, la vigencia dependerá de la disposición final del proyecto o de la fecha general de efectividad que establezca la ley.

Observaciones

  • Para conocer impacto legal concreto (p. ej., si la enmienda obliga a modificar estatutos internos o afecta otras reglas de quórum), conviene revisar el texto final aprobado y sus disposiciones transitorias o reglamentarias.
  • Interesados (cooperativas, asociaciones sectoriales, asesores legales) deberían prepararse para ajustar convocatorias y estatutos en caso de promulgación.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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