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PC 581

Para enmendar el Artículo 108 de la Ley 146-2012, según enmendada, conocida como "Código Penal de Puerto Rico", a los fines de incluir como delito grave, con pena de reclusión de cinco (5) años, la agresión que se comete contra un funcionario del orden público mientras este está en el cumplimiento de sus deberes; y para oh·os fines relacionados.

2025-2028 Session

La Ley 121-2025 tipifica la agresión contra un funcionario del orden público en servicio como delito grave, imponiendo 5 años de prisión.

Ley 121-2025
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Bill Summary · PC 581

Resumen del Proyecto de Ley PC 581 (Ley 121-2025)

Propósito principal

La Ley 121-2025 enmienda el Artículo 108 de la Ley 146-2012 (Código Penal de Puerto Rico) para tipificar y clasificar como delito grave la agresión cometida contra un funcionario del orden público mientras este se encuentra en el cumplimiento de sus deberes. La reforma impone una pena de reclusión de cinco (5) años para ese supuesto.

Cambios y disposiciones clave

  • Se modifica el Artículo 108 de la Ley 146-2012 para incluir expresamente la agresión contra un funcionario del orden público, en el desempeño de sus funciones, dentro de los delitos graves.
  • La conducta queda sujeta a pena de reclusión de cinco (5) años. (El texto de la enmienda establece la pena; el alcance exacto—si es mínimo, máximo o sanción única—se determina por la redacción final del artículo y su relación con otras disposiciones penales.)
  • El propósito declarado es aumentar la protección legal de funcionarios del orden público (por ejemplo, agentes de la Policía, oficiales municipales, personal de correccionales y similares) durante el cumplimiento de sus deberes.

Quiénes se ven afectados

  • Directamente: funcionarios del orden público que sufran agresiones mientras cumplen funciones oficiales.
  • Indirectamente: personas sometidas a proceso penal por agresión a un funcionario; fiscales y defensores que manejan estos casos; tribunales que aplican la nueva calificación y penas.
  • Instituciones públicas: agencias de seguridad, correccionales y oficinas judiciales, que podrán experimentar cambios en la carga procesal y en las políticas de enjuiciamiento.

Impacto y consideraciones prácticas

  • Eleva la gravedad jurídica de atacar a un funcionario en servicio, lo que puede traducirse en mayor severidad de cargos y penas.
  • Afecta discrecionalidad fiscal: fiscales podrán perseguir con base en la nueva clasificación; no se dispone en el sumario si hay pena mínima o agravantes adicionales.
  • Posibles efectos operativos (no especificados en el texto): cambios en estadísticas de criminalidad, necesidad de formación/protocolos para aplicación y potencial impacto presupuestario por mayores sentencias (si las hubiera).

Cronología legislativa relevante

  • 2025-05-05: Radicado y primera lectura (Cámara).
  • 2025-06-23 a 06-24: Informes de comisión con enmiendas; Cámara aprueba en votación final (24 de junio).
  • 2025-06-25–09-29: Trámite en Senado con informes, enmiendas, reconsideraciones y votación en sala (incluye derrotas y subsiguientes reconsideraciones y enmiendas).
  • 2025-10-07: Cuerpo de origen concurre con enmiendas; disponen enrolado.
  • 2025-10-09: Firmado por el Presidente de la Cámara.
  • 2025-10-14: Firmado por el Presidente del Senado.
  • 2025-10-21: Enviado a la Gobernadora.
  • 2025-10-29: Promulgada como Ley 121-2025.

Observaciones finales

La ley busca reforzar la protección legal de funcionarios en el ejercicio de sus funciones al elevar a delito grave la agresión en esas circunstancias y establecer una pena de reclusión de cinco años. Para interpretación práctica completa (por ejemplo, si la pena es mínima o máxima o cómo interactúa con otras figuras penales) conviene consultar el texto final enmendado del Artículo 108 y la legislación complementaria aplicable.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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