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PS 831

“Para enmendar el Artículo 1.02, 2.16, 3.05, 4.01, 4.03, 4.04 y 6.10 de la Ley 168-2019, conocida como “Ley de Armas de Puerto Rico de 2020”, a los fines de autorizar el uso limitado de los supresores de sonido exclusivamente en las armerías con polígonos de tiro debidamente autorizados, como medida de protección auditiva y de salud ocupacional; y para otros fines relacionados.”

2025-2028 Session

Permitir el uso limitado de supresores de sonido solo dentro de armerías con polígonos de tiro autorizados para protección auditiva y salud ocupacional.

Retirada por su Autor
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Bill Summary · PS 831

Resumen Legislativo de PS 831

Descripción general

PS 831 es un proyecto de ley cuyo objetivo es enmendar varias secciones de la Ley 168-2019, conocida como la “Ley de Armas de Puerto Rico de 2020”. La enmienda propondría permitir el uso limitado de supresores de sonido (silenciadores) exclusivamente en armerías que cuenten con polígonos de tiro debidamente autorizados, como medida de protección auditiva y de salud ocupacional. Status actual: retirado por su autor.

Propósito e intención

  • Autorizar, de forma controlada, el uso de supresores de sonido solo dentro de instalaciones autorizadas (armerías con zonas de tiro/polígonos).
  • Enfatizar la protección de la salud auditiva de las personas que operan o entrenan en estos espacios, como una medida de salud ocupacional.

Provisiones clave (enmiendas propuestas)

  • Enmiendas a las secciones específicas de la Ley 168-2019:
    • Artículos: 1.02, 2.16, 3.05, 4.01, 4.03, 4.04 y 6.10.
  • Objeto de las modificaciones: permitir el uso limitado de supresores de sonido únicamente en armerías con polígonos de tiro debidamente autorizados.
  • Alcance geográfico y operativo: uso restringido a instalaciones autorizadas; fuera de estos lugares, el uso de supresores seguiría sujeto a la normativa vigente.

¿Quiénes serían afectados?

  • Propietarios y operadores de armerías con polígonos de tiro autorizados.
  • Empleados y personal de seguridad/entrenamiento en esas instalaciones.
  • Usuarios y tiradores que practican en los polígonos autorizados (público o miembros, según la estructura de cada armería).
  • Autoridades reguladoras encargadas de supervisar el cumplimiento de la normativa de armas y seguridad ocupacional.

Implicaciones y posibles impactos

  • Viabilidad de mejoras en la protección auditiva para trabajadores y tiradores dentro de armerías autorizadas.
  • Requisitos de cumplimiento, supervisión y posibles licencias o permisos específicos para el uso de supresores en estas instalaciones.
  • Impacto en la seguridad operativa de las armerías, al equilibrar beneficios de salud ocupacional con consideraciones de seguridad pública y manejo de armas.

Proceso y cronología (resumen de acciones)

  • 24 de octubre de 2025: Radicado.
  • 27 de octubre de 2025: Primera lectura en el Senado; referido a comisiones.
  • 27 de octubre de 2025: Retirado por su autor.

Notas finales

  • Con su retiro, PS 831 no avanzará en su estado actual. Podría reintroducirse en el futuro, con o sin modificaciones, en cuyo caso se requeriría nueva tramitación legislativa y evaluación de los posibles impactos en seguridad, cumplimiento y salud ocupacional.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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