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PS 389

Para enmendar el apartado (a)(3)(L) inciso (iii) de la Sección 1031.02 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico", a los fines de conferirle exención contributiva a las obligaciones emitidas por el Patronato de Monumentos de San Juan, una entidad sin fines de lucro, cuyos fondos serán utilizados en la restauración y mantenimiento de la Catedral de San Juan; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Exenta de impuestos las obligaciones emitidas por el Patronato de Monumentos de San Juan, si los fondos se destinan a la restauración y mantenimiento de la Catedral de San Juan.

Ley 93-2026
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Bill Summary · PS 389

Resumen del Proyecto PS 389

Información básica

  • Número: PS 389
  • Título (resumido): Enmienda a la Sección 1031.02 del Código de Rentas Internas (Ley 1-2011) para conferir exención contributiva a obligaciones emitidas por el Patronato de Monumentos de San Juan, entidad sin fines de lucro, cuyo dinero se destinará a la restauración y mantenimiento de la Catedral de San Juan.
  • Introducido: 6 de marzo de 2025
  • Estado: A la(s) comisión(es) de la Cámara (tras aprobación del Senado)
  • Clasificación: Proyecto de ley

Propósito e intención

El proyecto modifica el apartado (a)(3)(L)(iii) de la Sección 1031.02 de la Ley 1-2011 (Código de Rentas Internas) para incorporar expresamente que las obligaciones (bonos, pagarés u otros instrumentos de deuda) emitidas por el Patronato de Monumentos de San Juan, una entidad sin fines de lucro, estarán exentas de impuestos conforme a lo dispuesto en esa sección, siempre que los fondos recaudados se utilicen en la restauración y mantenimiento de la Catedral de San Juan. La intención es facilitar la financiación de obras de preservación patrimonial mediante instrumentos con tratamiento contributivo preferente.

Disposiciones clave

  • Enmienda puntual del inciso (a)(3)(L)(iii) de la Sección 1031.02 de la Ley 1-2011 para incluir las obligaciones emitidas por el Patronato de Monumentos de San Juan dentro de las exenciones contributivas previstas.
  • La exención aplica a obligaciones cuyo destino de fondos esté claramente dirigido a la restauración y mantenimiento de la Catedral de San Juan.
  • El proyecto se enfoca en otorgar un tratamiento fiscal favorable (exención) a los intereses/beneficios de dichas obligaciones; el alcance técnico (qué impuestos quedan exentos, requisitos formales, certificaciones, límites) dependerá del texto exacto de la enmienda en la Sección citada.

A quién afecta

  • Patronato de Monumentos de San Juan: podrá emitir obligaciones con tratamiento fiscal preferente para financiar obras.
  • Inversionistas/tenedores de las obligaciones: obtendrían ingresos posiblemente exentos según el Código, lo que puede hacer las emisiones más atractivas.
  • Gobierno / Hacienda: potencial reducción de ingresos fiscales sobre los rendimientos de estas obligaciones y necesidad de supervisión y fiscalización del uso de fondos.
  • Catedral de San Juan y comunidad: beneficiaria directa de los fondos para restauración y mantenimiento; posibles beneficios culturales, turísticos y económicos locales.

Impacto fiscal y económico (resumen)

  • Podría facilitar el acceso a financiamiento más barato (menores tasas) para proyectos patrimoniales.
  • Posible reducción de recaudación fiscal relacionada con los rendimientos de las obligaciones exentas.
  • Beneficios indirectos: preservación del patrimonio, impulso al turismo y actividad económica local.

Historial legislativo y próximos pasos

  • 06-03-2025: Radicado (Senado).
  • 10-03-2025: Primera lectura en el Senado; referido a comisiones.
  • 12-05-2025: 1er informe de Comisión con enmiendas; remitido a Reglas y Calendario.
  • 22-05-2025 y 27-05-2025: En calendarios de órdenes especiales; aprobado por el Senado con enmiendas.
  • 27-05-2025: Texto de aprobación final enviado a la Cámara.
  • 10-06-2025: Apareció en Primera Lectura de la Cámara; referido a comisión(es).

Próximos pasos típicos: consideración y votación en comisión(es) de la Cámara, informe y posible votación en plenaria de la Cámara, y, de ser aprobada, envío al Gobernador para firma o veto.

Si desea, puedo: (1) buscar el texto íntegro propuesto para citar el lenguaje exacto de la enmienda; (2) preparar un análisis fiscal más detallado estimando el impacto presupuestario; o (3) comparar con exenciones similares en la Ley 1-2011. ¿Cuál prefiere?

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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