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PS 1157

Para derogar los Artículos 3 y 4 de la Ley Núm. 254 de 27 de Julio de 1974, según enmendada, conocida como la “Certificado de Antecedentes Penales” e insertar dos nuevos Artículos 3 y 4, a los fines de establecer que una vez extinguida la pena impuesta en su totalidad, al momento de liberarse al convicto se haga entrega de un récord de antecedentes penales negativo con excepción a los que hayan delinquido en los siguientes casos: asesinato en todas sus modalidades, agresión sexual, pornografía infantil (producción, posesión, propaganda, transmisión o distribución), corrupción, crímenes de violencia de género y/o crímenes de lesa humanidad; y para otros fines relacionados

2025-2028 Session

Permite eliminar la convicción de delitos menos graves del certificado de antecedentes tras cumplir la pena, con salvaguardas para delitos graves y posibilidad de restablecerse ant

Referido a Comisión(es)
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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PS 1157

Overview

PS 1157 (Session 2025-2028, Puerto Rico) proposes to derogate Articles 3 and 4 of Ley Núm. 254 de 1974 (conocida como el “Certificado de Antecedentes Penales”) y a introducir dos nuevos Artículos 3 y 4. El objetivo es establecer que, una vez extinguida la pena impuesta en su totalidad, al momento de la liberación del convicto se entregue un registro de antecedentes penales negativo, con excepciones para ciertos delitos particularmente graves. Si la persona reincide, se restablece el historial original.

  • Autoría: Presentado por la senadora Román Rodríguez.
  • Referido a: Comisión de Ley (y otras comisiones según trámite).
  • Entrada: Radicado el 24 de marzo de 2026; Primera lectura publicada el 26 de marzo de 2026.
  • Vigencia: Entraría en vigor inmediatamente tras aprobación.

Propósito e intención

  • Fomentar la rehabilitación y reinserción social de personas que cumplen condena, facilitando un certificado de antecedentes penales libre de anotaciones para delitos menos graves tras el cumplimiento total de la pena.
  • Mantener salvaguardas para delitos graves y otros delitos específicamente identificados, que permanecerían anotados en el certificado.
  • Vincular el beneficio a la conducta futura: si la persona incurre en nuevos delitos, se restablece el historial penal original.

Artículos propuestos y cambios clave

Artículo 3 (nuevo)

  • Tema: Eliminación de la convicción por delito menos grave.
  • Requisito: Toda persona convicta por un delito menos grave podrá solicitar al Superintendente de la Policía la eliminación de la convicción del certificado de antecedentes penales mediante declaración jurada y documentos pertinentes.
  • Condición temporal: la eliminación ocurre una vez que la sentencia ha sido cumplida en su totalidad.
  • Efecto de reincidencia: si la persona reincide criminalmente después de la eliminación, el certificado volverá a su estado original.

Artículo 4 (nuevo)

  • Tema: Eliminación de la convicción por delito grave (con ciertas exclusiones).
  • Exclusiones: No aplica para personas sujetas a registros específicos (delitos sexuales violentos, corrupción, violencia doméstica, etc.), ni para asesinato o tentativa de asesinato, ni para crímenes de lesa humanidad, ni para delitos de depravación moral.
  • Requisitos para la eliminación (delito grave, sujeto a la excepción anterior):
    • Debe haberse extinguido la sentencia y no haber cometido otro delito durante ese tiempo.
    • Debe haberse sometido a la muestra requerida por la Ley del ADN (si está aplicable).
    • Presentar ante el Tribunal de Primera Instancia una petición para eliminar la convicción, acompañada de la evidencia necesaria.
  • Efecto de reincidencia: si la persona es condenada por un delito grave o menos grave tras la eliminación, se devolverá el certificado al estado original.

Impacto y participación afectada

  • Afecta a personas condenadas por delitos menos graves que, tras cumplir la pena, podrían obtener un certificado de antecedentes penales libre de anotaciones (pero con salvaguardas para reincidencia).
  • Excluye de este beneficio a delitos graves específicos y a delitos que implican registros vigentes por corrupción, violencia de género, violencia doméstica, delitos sexuales violentos, crimen organizado, y crímenes de lesa humanidad, entre otros.
  • El borrado o eliminación del antecedente está condicionado a no haber cometido nuevos delitos y, en su caso, a la cooperación con el registro de ADN.
  • En caso de reincidencia, el historial se restituye, devolviendo al certificado su anotación original.

Procedimiento y timeline

  • Proceso para eliminación ante el Superintendente de la Policía para delitos menos graves.
  • Para delitos graves (con excepciones), procedimiento ante el Tribunal de Primera Instancia para emitir una orden de eliminación de la convicción, sujeto a cumplimiento de requisitos (extinción de sentencia, sin conducta delictiva durante el período, notificación de ADN).
  • Vigencia inmediata tras la aprobación (lidera la Sección 4: “Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación”).
  • Disposiciones de constitucionalidad: si alguna disposición es declarada inconstitucional, el resto de la ley permanece vigente.

Observaciones finales

  • El texto busca equilibrar rehabilitación y seguridad pública, al facilitar una vía para que exconvictos menos graves reintegren a la sociedad con un certificado de antecedentes limpio, sujeto a condiciones y salvaguardas para delitos graves.
  • Potencial impacto práctico: podría mejorar oportunidades laborales para exconvictos que cumplen condena, reduciendo el estigma, siempre que se mantengan las salvaguardas de reincidencia.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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